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La aduana aclaró que no realiza venta directa de vehículos

6 diciembre, 2010
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La oficina de Córdoba difundió un instructivo para poner fin al creciente negocio que se concreta vía medios electrónicos.

La venta de automóviles en poder de la aduana se realiza por el sistema de subasta pública, al igual que el resto de las mercaderías, aclaró una información de la administración local, que transcribió un comunicado de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Éste señala que es absolutamente falso el “catálogo de autos” pertenecientes a la Dirección General de Aduanas que es enviado por fax bajo el título “adjudicaciones directas” a posibles compradores.

La Aduana señala que se trata de un intento de estafa ya denunciado en distintos puntos del país. Por ello, se recomienda  evitar la transferencia de dinero o cheques ante la recepción de ofrecimientos con características similares a las mencionadas.

La  AFIP  aclaró que  la única forma de vender los rezagos es por las subastas públicas  que se realizan por intermedio de los bancos habilitados para tal fin. Éstos son el Banco Ciudad de Buenos Aires, en la ciudad de Buenos Aires, y los bancos Provincia, en el interior del país. También la empresas Edcadassa, por orden y cuenta de la Direccción General de Aduanas, cuando la mercadería está en Ezeiza.

La sduana, por la naturaleza de su función, puede tener mercadería en condiciones de ser vendida o donada. Estas mercancías son las que no tienen titular conocido, las obtenidas por medio de decomiso o abandono y las susceptibles de demérito (almacenarlas pone en peligro su integridad o la de los productos cercanos).

Donaciones
Existe en la aduana un procedimiento estandarizado para la donación o venta de estas mercaderías. El organismo pone a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación toda mercadería básica y de primera necesidad (alimentos, artículos para la higiene personal, ropa de cama y de vestir, calzados y medicamentos) y aquella que sea útil a las actividades del Estado, cuando estén sin titular conocido, sin declarar, en situación de rezago o abandono.  Todas las mercaderías en esta situación que sean aceptadas por la Secretaría General de la Presidencia de la Nación a través de un procedimiento informático, serán puestas a disposición del organismo o repartición que se determine.

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