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Amplían el número de integrantes de la Comisión de Reforma del Código Penal

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Los miembros desarrollarán su tarea ad honorem y elegirán su coordinador. Se recuerda que la comisión tendrá a su cargo la elaboración de un anteproyecto de ley de reforma y actualización integral de la materia que concentre toda la legislación penal en un único cuerpo

Resolución 48/24-MJ

Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-16265757-APN-DGDYD#MJ, la Ley N° 11.179 y sus modificatorias y complementarias -CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN-, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, la Resolución N° RESOL-2024-25-APN-MJ del 28 de febrero 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto, se constituyó en el ámbito de este Ministerio la “COMISIÓN PARA LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN” que tendrá a su cargo la elaboración de un anteproyecto de ley de reforma y actualización integral del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN que concentre toda la legislación penal en un único cuerpo normativo.

Que, asimismo, a través del artículo 2° de la citada Resolución se estableció la integración de la Comisión con prestigiosos profesionales especialistas.

Que resulta necesario ampliar el número de integrantes de la Comisión con las doctoras María Eugenia CAPUCHETTI, María Valeria ONETTO y Mercedes RODRÍGUEZ GOYENA, y los doctores Mariano Hernán BORINSKY, Carlos Alberto MANFRONI y Fernando Oscar SOTO, quienes cuentan con una amplísima experiencia tanto en el ámbito profesional como académico.

Que los miembros de la Comisión desarrollarán su tarea “ad honorem”.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4º, inciso b) apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y modificatorias, y el artículo 1°, inciso ñ del Decreto N° 101/85 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2024-25-APN-MJ por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°.- La Comisión creada por el artículo 1° estará integrada por las doctoras María Eugenia CAPUCHETTI (D.N.I. Nº 22.810.766), María Valeria ONETTO (D.N.I. N° 24.127.646), Mercedes RODRÍGUEZ GOYENA (D.N.I. N° 38.069.384), y los doctores Julio César BÁEZ (D.N.I. N° 20.350.037), Ricardo Ángel BASÍLICO (D.N.I. N° 16.489.034), Mariano Hernán BORINSKY (D.N.I. N° 23.292.572), Jorge Eduardo BUOMPADRE (D.N.I. N° 8.594.322), Carlos Alberto MANFRONI (D.N.I. N° 10.900.280), Horacio Jaime ROMERO VILLANUEVA (D.N.I. N° 18.573.334), Fernando Oscar SOTO (D.N.I. N° 14.927.240), y el suscripto”.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el artículo 3° de la Resolución N° RESOL-2024-25-APN-MJ por el siguiente:

“ARTÍCULO 3°.- Los miembros de la Comisión desarrollrán su tarea “ad honorem” y eligirán su coordinador”.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mariano Cúneo Libarona

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación N° 35.381 del 13 de marzo de 2024. 

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