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Tuvo que hacer donación por quedarse con un aparato que debía reparar

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Con la intervención del titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Número 20, Carlos Donoso Castex, se realizó una audiencia por medio de la plataforma Zoom que concluyó con la aplicación de una conciliación penal en la que la víctima fue resarcida por el imputado, a quien además se le impuso la obligación de entregar 150 litros de leche de primera marca a una entidad de bien público.

En su momento, el damnificado le dejó al encausado una consola de videojuegos para reparar. Sin embargo, el hombre se negó a devolvérsela, por lo que fue imputado y procesado en orden al delito de defraudación por retención indebida por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Número 45, Alejandro Litvack.

Luego de que el sentenciante dictó aquellas medidas, las partes llegaron a un acuerdo conciliatorio y el encartado se comprometió a abonarle 50 mil pesos al querellante.

Sin embargo, al ser consultado sobre la procedencia del remedio intentado, el fiscal Donoso Castex le solicitó al juez la realización de la audiencia, que se concretó por medios digitales, con todas las partes, en los términos del artículo 34 del Código Procesal Penal Federal (CPPF), que ocurrió a través de una videollamada.

Si bien el representante del Ministerio Público no se opuso al acuerdo económico, sostuvo que, como representante de los intereses generales de la sociedad, “la reparación del acusado no debía limitarse sólo a la víctima”, por lo que estimó oportuno que el imputado entregara leche tipo larga vida de primera marca a una entidad de bien público, a fin de contribuir a resolver la delicada situación que atraviesa el país a raíz del avance de la pandemia del virus covid-19.

Después de los argumentos de la querella y la defensa, el juez Litvack resolvió homologar el pacto y le impuso la obligación al procesado de que cumpla lo reclamado por el agente y le done 150 litros de leche a la entidad “Arcores Argentina”, la red solidaria internacional de los Padres Agustinos Recoletos.

Tras acreditarse que el imputado resarció económicamente a la víctima y entregó el alimento, el magistrado declaró extinguida la acción penal y lo sobreseyó.

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