La Cámara respaldó el fallo de primera instancia y recordó que si bien el perito vinculó las dolencias del trabajador con su puesto, establecer la relación causal está a cargo los jueces.
La Sala I de la Cámara del Trabajo confirmó el rechazo de la demanda deducida por un trabajador que realizaba tareas de instalación y mantenimiento de la red informática del Banco Macro, quien sufrió un ataque de pánico.
En la causa, caratulada “ V.O. c/ Banco Macro s/ Accidente – Ley Especial”, el actor alegó que sufrió palpitaciones y sensación de angustia mientras trabajaba, por lo que fue trasladado a un centro asistencial donde se le diagnosticó un “ataque de pánico” o “crisis de ansiedad”, detallando que accedió a una licencia médica y que cuando fue dado de alta cumplió una jornada reducida.
En su presentación, el accionante aseguró que su patología estaba relacionada con las situaciones de estrés y la presión que ejercían sus superiores.
Durante el juicio, el perito psiquiatra le diagnosticó a O. V. 20% de incapacidad y dictaminó que presentaba un cuadro de “reacción vivencial anormal neurótica con manifestación depresiva grado III”, relacionado causalmente con los hechos del proceso.
Sin embargo, la a quo se apartó del criterio del galeno y consideró que no era posible tener por demostrada la incidencia de las tareas en la patología psíquica del empleado.
Luego, las camaristas Gloria Pasten de Ishiara y Graciela González justificaron la decisión de su colega y recordaron que, pese a la opinión del experto sobre la minusvalía del trabajador, lo cierto es que la determinación de la relación causal entre las dolencias psíquicas y las tareas prestadas estaba a cargo la judicatura.
Testigos
En esa línea, enfatizaron que aquella relación sólo puede precisarse luego de analizar las restantes probanzas del expediente; en especial, las que tienden a acreditar la mecánica de las tareas y el ambiente de trabajo.
En ese punto, el tribunal reseñó que los testigos que declararon a instancia del trabajador poco pudieron aportar sobre el ambiente de trabajo o la modalidad de las tareas, subrayando que varios testimonios indicaron que el contexto laboral era amistoso y que la carga de tareas era normal.
Así, valoró que el reclamante no probó sus alegaciones sobre las características del lugar de trabajo y la modalidad de las tareas prestadas ni la existencia de constantes presiones de sus superiores que pudieran tener incidencia en su salud mental.