El tribunal de alzada interviniente consideró que, al no demostrarse una afectación de los ingresos laborales del accionante, el daño patrimonial debía evaluarse de otro modo El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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Pedro Sánchez no ha muerto
Para el autor, el discurso del presidente del gobierno español se basa en victimizarse y en negar la legitimidad democrática a sus...