El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba corroboró que el supuesto vínculo se basó en meras conjeturas
Al constatar que se demostró que el accionante poseía su propio taller mecánico y realizaba tareas ocasionales a favor de la demandada, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) admitió la casación presentada y ordenó el rechazo de la demanda al considerar que las circunstancias probadas desvirtuaron la presunción de un contrato de trabajo.
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