lunes 25, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Provincia debe resarcir a un ex becario policial

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A fin de compensar los esfuerzos y la dedicación puesta a disposición, se condenó a la Provincia de Córdoba a resarcir a ex cadete de la Escuela de Policía la beca devengada por el período en que prestó tareas como tal y que no fueron abonadas.
La decisión fue asumida por la Cámara Contencioso-administrativa de 1ª Nominación de Córdoba, integrada por Juan Carlos Cafferata -autor del voto-, Pilar Suárez Ábalos de López y Ángel Antonio Gutiez, en el pleito por el cual Mariano Roque Errandorena, solicitó se anulen las resoluciones de la Jefatura de Policía y el Ministerio de Justicia y Seguridad de la provincia de Córdoba, las que negaron el pago de la beca devengada en el período comprendido entre el 11-12-01 y el 11-12-02 como consecuencia de su desempeño como cadete de la Escuela de Policía General San Martín.
En el caso, el magistrado señaló que “los cadetes han percibido la beca en vigencia de la ley 6702, como resulta de las copias de recibos de cadetes referidas al año 2001, de los que surge que este personal percibía una suma integrada por diversos conceptos (salario base; adicional remunerativo; refrigerio; riesgo profesional, seguridad y dedicación especial) de la que se practicaban los descuentos para jubilación; obra social y seguro de vida obligatorio”.

Si bien en los referidos recibos no se ha empleado el término "beca", debe entenderse que se trata, nomás, de pagos efectuados por tal concepto, precisó el vocal.
En ese sentido se advirtió que “dicha ‘beca’ fue percibida por los cadetes en vigencia de la ley 6702 resulta también del decreto 1459/04 (…) por el cual se designó a algunos de ellos como oficiales ayudantes”.
Además, se destacó que “el Ministerio de Justicia y Seguridad dictó la resolución 102 del 22-9-05 (fs. 77/80) y la resolución 67 del 31-8-05 autorizando el pago de "becas" a cadetes de la Escuela de Policía durante la vigencia de la ley 6702”.

Razones

Sin embargo, Cafferata puntualizó que “por razones que no han podido conocerse y que, según el apoderado del actor a fs. 294, ‘jamás podrán salir a la luz,’ los integrantes de la promoción a la que perteneció el actor no fueron dados de alta como cadetes ni se realizaron las gestiones tendentes a abonarles la beca”.
Asimismo, se subrayó que “revistando en esa condición, los cadetes fueron afectados a ciertos operativos de seguridad, cumplieron jornada completa y realizaron tareas de guardia en general (funciones, centinelas, cuarteleros, imaginarias y fajina) y tareas de higiene en los predios del establecimiento como actividades inherentes a su formación, además de formaciones y desfiles”.

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