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Provincia de Buenos Aires indemnizará a un abusado

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La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires hizo lugar a un recurso extraordinario interpuesto por la madre de un menor abusado sexualmente en un colegio público del barrio porteño de Quilmes hace 11 años, disponiendo que reciba una indemnización por parte del Estado provincial.
Así, el tribunal revocó la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Quilmes, que liberó de responsabilidad a la Provincia, manteniendo el fallo de primera instancia que resultó favorable a la demanda de daños y perjuicios presentada.

A partir de allí la Corte provincial determinó la responsabilidad “inexcusable” del estado provincial en base al artículo 1117 del Código Civil, que hace desaparecer la presunción de culpa de los directores de colegios y maestros por el daño causado por alumnos o aprendices mayores de diez años, haciendo recaer dicha presunción sobre los propietarios de los establecimientos educativos.
“El daño al menor es un hecho no casual, ni fortuito, es un hecho que puede y debe anticiparse y evitarse” , sostuvo el fallo. Asimsimo, se consignó que la Cámara incurrió en un "absurdo” en lo atinente a la valoración de la prueba, ya que hasta puso en duda que el hecho hubiese ocurrido.

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