El tribunal destacó que, aunque el joven afectado no se identificaba con el nombre del progenitor, ello no era suficiente causa para autorizar la petición efectuada por la madre
El Juzgado Civil y Comercial y de Familia de Segunda Nominación de Villa María rechazó la demanda entablada por una madre, en nombre y representación de su hijo adolescente en la cual solicitaba la supresión del apellido paterno.