El TSJ cordobés entendió que la base para las indemnizaciones sólo debía abarcar el salario básico y los adicionales de la ley de viajante de comercio, no así las comisiones por ventas
Al observar que, a los fines del cálculo de la Mejor Remuneración Normal y Habitual (MRNH), al momento de dictar sentencia el juzgador de la instancia previa incluyó comisiones, cuando específicamente en la resolución que definía el pleito se había resuelto que, aun cuando el trabajador accionante era considerado viajante de comercio, no logró demostrar que percibiera dinero por su intermediación en las ventas, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba hizo lugar al recurso planteado por la demandada y ordenó el reenvío de la causa a la Cámara del Trabajo interviniente, para que se efectúe un nuevo cálculo de la condena.
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