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Ordenan otorgar pensión a una viuda que se retiró del hogar conyugal por violencia de género

ESCENARIO. El ente previsional de la Provincia deberá pagarle el beneficio de pensión a la demandante.
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El tribunal subrayó que la ausencia de una denuncia penal de las agresiones no invalida la solicitud del beneficio, analizada desde la perspectiva de género y en consideración de la avanzada edad de la víctima

La Justicia Contencioso-administrativa de Córdoba admitió la demanda tendiente a que se declarara la nulidad de los actos que denegaron el beneficio de pensión a la accionante por ella requerido con motivo del fallecimiento de su cónyuge, rechazada por la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, que argumentó la ausencia de convivencia de la mujer con el causante al momento de la muerte de éste, además de no probarse la contribución del hombre en el pago de alimentos o que hubiese dado causa a la separación personal. A ello la demandante había respondido que su retiro del hogar conyugal se fundó en la violencia de la que era víctima por parte de su esposo.

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