El tribunal concluyó que el funcionario designado para cerrar la actividad de la firma no cumplió con la tarea de determinar con precisión el activo y el pasivo a cancelar
En el marco de un juicio de disolución de la sociedad Megatec SRL, la Cámara 2ª en lo Civil y Comercial de Córdoba revocó el pronunciamiento apelado y ordenó al liquidador que, previa solicitud de información a la administradora de la firma, proceda a reformular el balance inicial al tiempo de asunción del cargo, poniéndolo a disposición de los socios. Asimismo, le ordenó que, después de cumplida esa etapa, reformule el balance final y distribución sobre datos reales.
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