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Nuevo Código Penal: ni garantismo ni mano dura

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El año electoral demorará el tratamiento de la iniciativa en el Poder Legislativo, pero tanto los redactores del proyecto como el ministro de Justicia destacaron que la sanción del nuevo ordenamiento es fundamental

El juez de la Cámara Federal de Casación Penal Mariano Borinsky, titular de la comisión redactora del nuevo Código Penal (CP), defendió el texto en el Senado de la Nación y aseguró que el articulado que se debatirá apunta al cumplimiento efectivo de la ley.
Además, sostuvo que junto a sus colegas redactores buscaron evitar “confrontaciones entre garantismo y mano dura”.
Borinsky expuso ante la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara Alta. Junto a él estuvieron sus pares y el ministro de Justicia de Mauricio Macri, Germán Garavano.
“Estamos en presencia de un cambio fundacional. Este código apunta a dar modernidad, a establecer normas claras, a dar previsibilidad y seguridad jurídica”, explicó Borinsky durante el encuentro.
En tanto, detalló que a lo largo de dos años de trabajo se sistematizaron casi 900 leyes especiales que durante 100 años modificaron el ordenamiento, indicando que fueron incorporadas en casi 200 artículos, ya que de los 320 actuales se pasó a 540.
“Apuntamos al código posible, que tome en cuenta la mirada de las provincias, de las ONG y de las víctimas. Apuntamos a que no sea un CP de laboratorio, sino práctico”, dijo el camarista.
Además, recordó que se tomaron en cuentas las experiencias de las 17 comisiones redactoras anteriores.

Sobre el CP de 1921, estimó que “la única consecuencia que se podía visualizar era la pena de prisión” y resaltó que ahora el espectro de sanciones es más amplio. Como ejemplo, citó el caso de las que se prevén para las personas jurídicas.

Garavano
Por su parte, Garavano consideró que es necesario que se sancione el nuevo CP porque la sociedad cambió mucho durante el último siglo.
Paralelamente, abogó por que se pueda generar un debate plural, recordando que se trata de una de las leyes más trascendentes.
Aunque es previsible que el debate se postergue por el escenario electoral, Garavano ponderó que se le haya dado tan rápido tratamiento al texto y elogió el trabajo realizado por los especialistas.
El titular de la cartera de Justicia aseguró que el cuerpo normativo que se propone es “un CP posible”, basado en “la vida cotidiana y los problemas reales de la sociedad”.
Valoró además el aporte de los ciudadanos que dieron sus opiniones mediante la plataforma web de Justicia 2020 y remarcó que se trató de algo inédito.
“El Gobierno tomó la decisión de respetar el trabajo de la comisión sin tocar una coma”, enviándolo al Congreso tal cual fue redactado”, puntualizó.

Reformas
Entre las principales reformas que introdujo la comisión figura la relacionada a los delitos viales: eleva el máximo de la escala penal a siete años de prisión -hoy es seis-, si el conductor se da a la fuga o no intenta socorrer a la víctima; si está bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a 500 miligramos por litro de sangre en el caso de conductores de transporte público o un gramo por litro de sangre en los demás supuestos, o si va en exceso de velocidad de más de 30 kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho.
La misma pena se aplicará si el autor maneja inhabilitado; si viola la señalización del semáforo o las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular o si actúa con culpa temeraria.
Además, establece que los organizadores y promotores de “picadas” serán sancionados con la misma pena que el autor del homicidio.
En otro orden, amplía la jurisdicción para que la Justicia argentina pueda intervenir en casos de corrupción ocurridos en otros países, siempre y cuando sean delitos pasibles de extradición y que la Nación Argentina se haya comprometido a perseguir, mediante tratados internacionales.
Además, por primera vez, el terrorismo y su financiamiento tienen un título autónomo e independiente.
También hay un aumento de las escalas penales de los delitos de corrupción (en especial, el cohecho pasivo y activo), soborno trasnacional y enriquecimiento ilícito.
En ese último caso, además de los funcionarios públicos, incluye también a todos los sujetos obligados por ley a presentar declaraciones juradas patrimoniales, como los titulares de obras sociales.

Pornografía infantil
El nuevo CP tipifica como delito la mera tenencia de pornografía infantil, aunque no sea con fines de comercialización.
La propuesta se basa en el Protocolo Facultativo de la Convención de Derechos del Niño y en el Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa, considerado un avance en la protección de los derechos de los menores en la era digital y en la lucha contra los ciberdelitos.
Asimismo, es coherente con los pactos internacionales firmados por Argentina; en particular, la Convención de los Derechos del Niño, y toma lineamientos de otras legislaciones, como las de España, México y Uruguay.
Los especialistas vienen reclamando cambios en la materia desde hace tiempo.
En su momento, Emiliano Zárate, auxiliar de la División Análisis de Inteligencia Informática de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), detalló que el círculo de consumidores de pornografía infantil funciona mediante “cooperación activa”. Así, precisó que para acceder a nuevas imágenes deben entregar “material nuevo”, lo que los lleva a producirlo.
En tanto, José Pons, integrante de la División de Ciberdelitos contra la Infancia y Adolescencia de la Policía Metropolitana, reclamó mayor rigurosidad en el CP “para que los pedófilos no digan que ellos no produjeron las imágenes y salgan libres”.
Por su parte, Daniela Dupuy, titular de la Fiscalía 12 de Delitos Informáticos porteña, destacó que en el ámbito internacional no se discute ya si la tenencia es delito o no.

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