jueves 3, octubre 2024
jueves 3, octubre 2024
Comercio y Justicia 85 años

No es constitucional limitar el plazo de la investigación penal

ESCUCHAR

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) declaró inconstitucional el artículo 282 del Código Procesal Penal (CPP) de la Provincia de Chubut que fijaba un plazo de sólo seis meses -contados desde la realización de la audiencia de apertura de la investigación- para que el fiscal presente la acusación, el cual, en caso de ser superado, impone el sobreseimiento de los imputados.

Apoyá el periodismo especializado e independiente

Este contenido es exclusivo para suscriptores.

Accedé a todo nuestro contenido

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?