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La cédula digital tiene el mismo efecto que notificar a un domicilio físico

ESCENARIO. El Estado provincial consiguió revertir la demanda en su contra.
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Al destacar que la Provincia no tiene privilegios respecto de la manera en que el tribunal dispone anoticiar la marcha del proceso, los jueces interpretaron que la notificación a uno de los letrados de la misma parte notifica a todos sus pares

La Cámara 7ª en lo Civil y Comercial de Córdoba rechazó la reposición presentada por los letrados de la codemandada Provincia de Córdoba, por la que pretendían revocar el decreto que declaró la caducidad del derecho dejado de usar al no evacuar el traslado del recurso de casación planteado por la actora, con el argumento de que no todos los letrados de su parte fueron notificados. Al respecto, el tribunal interpretó que la e-cédula cumple el mismo efecto que la realizada a un domicilio físico, por lo cual la notificación a uno de los letrados de la misma parte implica la notificación a todos. 

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