viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Excluyen de la herencia a viuda separada de hecho

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Se hizo lugar al planteo del hijo del causante. Se dio por probado que la pareja no convivía hacía más de 19 años y que ambos habían constituido nuevas parejas

La Cámara Civil y Comercial de 7ª Nominación de la ciudad de Córdoba validó la decisión del juzgado de primera instancia que confirmó la admisión del incidente de exclusión hereditaria planteado por el hijo del causante en contra de la cónyuge supérstite de éste, de quien se encontraba separado de hecho. 

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