El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) concluyó que el régimen laboral de España para las empleadas domésticas es discriminatorio porque no le reconoce a ese colectivo -integrado casi exclusivamente por mujeres- el derecho al seguro por desempleo.
A finales de septiembre pasado, el abogado general de la UE se había pronunciado en la misma dirección: consideró que aquella normativa es contraria al derecho comunitario, al suponer una discriminación indirecta por razón de sexo.
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