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El recurso de reposición in extremis es una vía excepcional

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El Ministerio Público Fiscal de Córdoba declaró inadmisible este remedio procesal en el marco de un amparo de hábeas data. El fiscal general Adjunto, Pablo Bustos Fierro, recordó que esta herramienta sólo procede cuando existe un error grosero que derive en la producción de una grave injusticia 

El Ministerio Público Fiscal de Córdoba declaró inadmisible un recurso de reposición in extremis que interpuso un ciudadano en el marco de una demanda de amparo (habeas data) contra el Gobierno de Córdoba reclamando que se suprima los datos referidos a su persona por multas de infracción de tránsito.

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