En cumplimiento de una condena accesoria emanada de la Cámara Federal de Apelaciones en el marco de la causa “Luján Isabel del Carmen y otros c/ Ejército Argentino”, dictada el 14 de noviembre de 2008, el Comando del Tercer Cuerpo de Ejército retiró y neutralizó unos 1.500 artefactos explosivos que se encontraban diseminados en el campo de tiro de la guarnición.
En función de la complejidad de la tarea y la extensión de la zona (900 hectáreas), la institución solicitó dos prórrogas en el plazo de ejecución de la sentencia y el 21 de octubre elevó un informe en el que confirmó la culminación de la tarea.
A su turno, la Sala A de la Cámara Federal, por unanimidad, fijó en 80% la responsabilidad del Ejercito en la explosión de una granada que causó la muerte de un menor.
En la sentencia, como condena accesoria y por razones de seguridad pública, el tribunal ordenó al Ejército que efectuara en su campo una limpieza total de explosivos.
Asimismo, en el fallo se estableció como obligación la colocación de carteles de prevención y advertencia que indiquen que se trata de una zona militar peligrosa y que se encuentra prohibido el ingreso de personas ajenas a la institución.