En el fallo, además, se tuvo en cuenta que la demandante no cumplía labores de enfermería y que, aun cuando así fuese, el convenio que regula esa rama de la medicina excluye a quienes prestan servicios en domicilios particulares.
El retorno de los brujos (*)
Por Horacio J. Franco ** En el Derecho Ambiental, el debate gira alrededor de la corriente doctrinaria “compatibilizadora”, por un lado; y...