Al determinar en el convenio colectivo qué debe entenderse por horas normales, el magistrado concluyó que el tiempo trabajado en exceso debe considerarse horas suplementarias.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.