viernes 22, noviembre 2024
viernes 22, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Condenan a ex director de la Escuela de Aviación Militar

ESCUCHAR

El alto jefe omitió concretar un plan de vuelo y la reunión previa al periplo de una formación cerrada de tres aeronaves. Una de ellas chocó contra la torre de control.

çSiendo la razón determinante la omisión de haber concretado un plan de vuelo y la consecuente reunión previa al periplo, el Tribunal Oral Federal N° 2 de Córdoba (TOF Nº 2) condenó por homicidio imprudente agravado por el número de víctimas al ex director de la Escuela de Aviación Militar, quien habría actuado como piloto guía una escuadrilla compuesta por tres aviones en una formación “ciega”.

Así, “la omisión de haber realizado el denominado ‘Plan de Vuelo’ y la ‘Reunión Previa al Vuelo’, se erige como el factor decisivo y de mayor entidad para que pueda imputarse a Agustín Alfredo Miguez el resultado lesivo típico que prevé el artículo 84 del Código Penal”, señaló el pronunciamiento judicial.

Ello así, por cuanto “con su conducta omisiva y antirreglamentaria el imputado Miguez desarrolló un riesgo jurídicamente desaprobado que desembocó en la muerte del Vicecomodoro Ernesto Guillermo Cooke y del cadete de primer año Carlos Nicolás Díaz Bersategui. Está suficientemente acreditado que el Plan de Vuelo, de carácter obligatorio, tiene una envergadura tal en las presentes actuaciones ya que permite establecer entre otras cuestiones la frecuencia a utilizar y la determinación del rumbo”, aseveraron los jueces Carlos Julio Lascano, José María Pérez Villalobo y José Vicente Muscará respecto del acusado, quien contaba con una experiencia de más de treinta años en su profesión de aviador militar.

Temerario
Por lo demás, “han concurrido otras omisiones por parte del acusado, y hasta un actuar si se quiere temerario como lo podría ser el haber aceptado volar con cadetes, condición que revestía una de las víctimas”, analizó el fallo, agregando que, empero, “ninguna de ellas por sí sola ni sumadas puede considerarse jurídicamente relevante a la hora de discernir el resultado mortal”.

En efecto, prosiguieron los magistrados, “el hecho tuvo su origen el día 19 de septiembre de 2001, en la Escuela de Aviación Militar en el transcurso de la ceremonia del vuelo de bautismo de los cadetes de 1° Año, en (el) que un avión comandado por el vicecomodoro Ernesto Guillermo Cooke, que transportaba al cadete de primer año Carlos Nicolás Díaz Berastegui, impactó contra la torre de control de vuelo del aeródromo de esa escuela, haciéndolo luego contra el terreno, estallando en llamas (…) y produciéndose el fallecimiento de ambos tripulantes”, siendo que “la escuadra de mención estaba formada por otros dos aviones de similares características, piloteados por el brigadier Miguez que transportaba a una cadete y al vicecomodoro Arturo Daniel Spiritoso, que llevaba a otro”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?