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Cibercrimen en Córdoba: 8 detenidos en 25 allanamientos por fraudes

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La Fiscalía cordobesa especializada en Cibercrimen, a cargo de Franco Pilnik, ordenó la detención de ocho personas imputadas de asociación ilícita y estafas reiteradas, en allanamientos en las ciudades de Córdoba y Cosquín, y en la cárcel de Cruz del Eje. Fueron 25 los operativos realizados con la colaboración de Delitos Económicos de la Policía de Córdoba. En todos los casos se investigaban fraudes virtuales realizados con perfiles falsos de páginas de entidades bancarias. La causa se inició por denuncias del Banco de Córdoba y particulares.
Esta oficina especializada del Ministerio Público Fiscal provincial comenzó a funcionar hace un año y medio en la capital cordobesa. Se trata de la primera Fiscalía dedicada exclusivamente a la investigación de los delitos que se relacionan con la alta tecnología informática. Su creación data de diciembre de 2018 cuando la Legislatura de Córdoba Sancionó la Ley N° 10593, aunque se puso en marcha casi 9 meses después. El Fiscal de Instrucción a cargo de la dependencia es Franco Pilnik, abogado y especialista en la materia.
El reglamento N° 89/19 del Ministerio Público Fiscal determina que la Fiscalía investiga y procesa toda infracción penal que utilice a la tecnología informática como medio o fin para la comisión de un delito, siempre y cuando aquella fuera determinante en la actividad delictiva, generando una especial complejidad técnica en la investigación del delito.
El órgano judicial conduce la investigación de los fraudes cometidos mediante el uso de una tarjeta de compra, crédito o débito; fraudes informáticos, siempre y cuando la tecnología informática fuera determinante en la actividad delictiva; extorsión online bajo las modalidades denominadas “ransomware”, “sextorsión” o cualquier otra que apareciere en el futuro; daños y sabotajes informáticos, así como la venta, distribución, circulación o introducción en un sistema informático, de cualquier programa destinado a causar daños; incitación a cometer delitos, intimidación pública y apología del delito; falsificación de documentos y firmas electrónicas; revelación de secretos cuando se realizare por medios de comunicación electrónica con capacidad de ser difundidos a través de redes sociales a un grupo indeterminado de personas; explotación, administración u organización de juegos de azar, cuando fueren cometidos y ofrecidos a través de plataformas online; infracciones a la ley de propiedad intelectual cuando fueren cometidos y ofrecidos a través de plataformas online.

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