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Aníbal Fernández deberá indemnizar a dirigente del PO

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La jueza Federal en lo Civil y Comercial Alicia Pérez condenó a uno de los jefes de Gabinete del kirchnerismo, Aníbal Fernández, a indemnizar con 50 mil pesos al dirigente del Partido Obrero (PO) José María Escobar, a quien había acusado en una conferencia de prensa de ser el organizador de un “sabotaje” a línea de trenes Sarmiento.
“Quien invoca un hecho tiene la carga procesal de demostrarlo”, recordó la magistrada en su fallo.
El episodio que generó el proceso ocurrió durante la mañana del 4 de septiembre de 2008, cuando un tren descarriló en la estación Castelar (Buenos Aires) y los pasajeros que bajaron de la formación comenzaron a atacarla. Un suceso similar ocurrió después en la ciudad bonaerense de Merlo.
Por la tarde, Fernández (por ese entonces ministro de Justicia del gobierno de Cristina Fernández de Kirchner) le mostró fotos de lo sucedido a la prensa, denunció un boicot del PO y sostuvo que Escobar “dirigió la operación”.
Un periodista le preguntó si el militante estaba preso y Fernández contestó: «No, aún no. Aspiro a que sea en los próximos momentos, porque le estamos aportando las filmaciones al juez que entiende en la causa para que proceda con la detención de este personaje”.
Escobar presentó una demanda en contra del ministro y del Estado nacional por un millón y medio de pesos, por daño moral. Señaló que su nombre, sus datos y su imagen fueron difundidos por varios medios y destacó que no fue imputado en la causa penal que se abrió, en la cual 10 personas fueron demoradas e incriminadas por el robo de monedas en las máquinas expendedoras de boletas, pero quedaron sobreseídas por prescripción.
En esa línea, afirmó que Fernández lo acusó a sabiendas de que su versión era falsa y subrayó que un funcionario público no puede usar su cargo para calumniar a una persona. La defensa de Fernández alegó que su asistido se limitó a difundir públicamente la información que colectó la Policía Federal.

Prueba
«No se encuentra probado ni tampoco se infiere que Escobar haya prendido fuego un buzo y lo haya arrojado; además, no fue llamado a declarar ni fue imputado en la causa penal», resaltó la magistrada.
Además, subrayó que de la prueba que aportó Fernández sólo surgía que el accionante estaba en la estación Merlo, con un megáfono en la mano y rodeado de manifestantes con elementos de percusión y pancartas. Así, concluyó que Fernández no pudo acreditar sus declaraciones.
De esa forma, considerando la gravedad del accionar del ex ministro, que señaló al actor como autor de los incidentes y afirmó que debía estar detenido a pesar de que no estaba imputado, la magistrada concluyó que debía repararse la proyección social de la atribución injusta y el “efecto de aislamiento” que le ocasionó al reclamante la duda sembrada sobre su reputación.

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