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Inflación y consumidores: cómo encontrar soluciones creativas a las obligaciones de dar dinero

Federico Ossola. Analizó todas las novedades en materia de Derecho del Consumidor.
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El camarista Federico Ossola analizó cuestiones del consumo y cómo los aspectos del contexto inflacionario, daños y perjuicios y daños punitivos están generando un nuevo derecho


Docente del próximo curso sobre el tema -junto con los especialistas Walter Fernando Krieger y Alejandro Chamatrópulos (Ver trayectoria en Docentes)-, el vocal de la Cámara 4° de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba, Federico Ossola, analizó aspectos claves que hoy inciden en el derecho del consumidor, particularmente lo que está dejando la inflación en los tribunales. La capacitación, organizada por Comercio y Justicia, comienza la semana próxima. Antes, brindó un anticipo.

– ¿Qué es lo que más preocupa a los operadores judiciales en materia de derecho del consumidor en este contexto inflacionario?

– La inflación está corroyendo todo. El aumento del costo de vida se está reflejando en la variación de los criterios que los jueces están teniendo fundamentalmente a la hora de fijar intereses, o incluso algunos ya han ido declarando la inconstitucionalidad de la prohibición de indexar. Esto acrecienta enormemente las deudas, lo cual, si bien -por un lado- responde a un criterio de justicia, está claro que el acreedor no puede recibir menos de lo que se le debe, en términos de poder adquisitivo constante; de todas maneras, esto también, obviamente, agrava mucho la situación del deudor, particularmente la del que no puede cumplir. 

El tema también puede reclamar una mirada diferente, sobre todo en materia de consumidores. Lo que sucede es que pueden generarse situaciones abusivas o no, depende siempre del caso concreto. 

Ahora, particularmente lo que hace los juicios de cobro de pesos, en los que los consumidores son los deudores, los jueces tienen que afilar muy bien el lápiz para tratar de evitar que se generen situaciones abusivas, sin dejar de lado el derecho del acreedor que es tan importante como el de los primeros. 

– ¿Qué están aplicando los jueces para no generar esas situaciones posiblemente abusivas?

– La tasa se ha ido subiendo, aproximadamente está en tasa pasiva más 4% mensual, en general, pero no hay un criterio único. Los jueces en ese sentido han sido prudentes a la hora de determinar cuál es la tasa. El tema clave acá es analizar las cuestiones derivadas del anatocismo; situaciones en procesos sin demandados presentes -con demandados rebeldes- se puedan generar situaciones que por ahí acrecientan la deuda artificialmente.

En el caso del anatocismo, el código (Civil y Comercial) tiene herramientas para morigerar esto; están en el artículo 771.

– A jueces de diferentes fueros se les está generando un problema con el tema de intereses…

Sí. También caso de daños, en los que la situación también es un bumerán para el consumidor cuando es acreedor. La necesidad de recurrir nuevamente a la distinción entre obligaciones dinerarias y de valor, el tema de qué criterio utilizar para actualizar que sea lo más justo posible pero que a la vez tenga una situación de razonabilidad, todas esas cosas son las que están provocando un movimiento muy fuerte este año. 

El Código Civil y Comercial prevé una regulación para un contexto de normalidad económica que ahora no existe. ¿Cuál es el punto acá? O el aumento de la tasa de interés o la declaración de inconstitucionalidad de la prohibición de indexar, que con una inflación de más de 110% por supuesto parece viable en determinados contextos. La idea es tratar de encontrar soluciones creativas para restablecer estos equilibrios que se han perdido en las deudas de dar dinero.

– ¿Qué destacaría hoy entre los temas de daños?

– Hoy en materia de daños lo que está produciéndose de manera masiva son los ciberfraudes, las ciberestafas. Particularmente al consumidor bancario. La pandemia potenció y es inevitable la necesidad del uso de las herramientas informáticas y con esto la delincuencia se ha volcado a obtener sus réditos en ese lugar y se están perfeccionando los métodos. Siempre están un paso más adelante que la gente, que las propias empresas, eso motiva también muchas veces que haya muchas fallas de seguridad de las empresas, que particularmente este último año y medio han estado informando insistentemente a los consumidores sobre que no hay que entregar claves.

Las empresas por ahí tienen fallas de seguridad, particularmente en sus páginas web, y esto está provocando muchos daños que se trasladan no sólo a lo patrimonial sino al daño moral, por la aflicción que causa cuando se vacía una cuenta o cuando se realizan compras que uno no realizó; ése es el gran tema que está dando vuelta particularmente respecto a consumidores.

– ¿Crecieron mucho estos casos en tribunales?

– Hay un incremento importante de causas en este tema. Hoy, sacando los accidentes de tránsito, la gran mayoría de los casos es de consumo: autoplanes, contratación diferida en el tiempo -en que se han producido desajustes por la variación de los costos y la inflación que han llevado al incumplimiento y hay demanda de incumplimiento contractual-, o demanda de resolución, demanda de daños, hay muchísimo de consumo últimamente, es como que se ha posicionado en los daños al consumidor.

En términos generales, la gran mayoría de casos que hoy tenemos cae sobre el consumo. En algunas de las partes hay una relación de consumo y esto motiva que tenga que intervenir la fiscalía Civil, es todo un movimiento para el sistema; está también el tema del beneficio de gratuidad que ha generado polémica en orden a su aplicación o no. Está generando todo un derecho nuevo todo esto. 

– ¿Respecto de los daños punitivos?

– En términos generales, una demanda promovida por un consumidor va acompañada de un pedido de daño punitivo y, por lo eneral, cuando la demanda se admite, también se admite la pretensión de daño punitivo porque ha habido un destrato al consumidor que ha vulnerado fundamentalmente el trato digno. El tema ahora es el monto con las cuestiones derivadas de la inflación.


Agenda


Docentes

Walter Fernando Krieger

Secretario General de la Asociación Iberoamericana de Derecho Privado. Docente universitario de grado en Derecho de los Contratos, Derechos del Consumidor, Derecho de Daños y Derecho de las Obligaciones, en las universidades de Buenos Aires, Católica Argentina y del Centro de Estudios Macroeconómicos (CEMA).

Docente universitario de posgrado en las universidades de Buenos Aires, Católica Argentina, del Centro de Estudios Macroeconómicos, de Ciencias Empresariales y Sociales, del Salvador, del Noroeste Argentino, de Córdoba y de Cuyo, entre otras.

Socio fundador del Estudio Borda, Krieger & Asociados.


Alejandro Chamatrópulos

Relator de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. Doctor en Derecho. Profesor universitario y de posgrado en distintas universidades argentinas y del exterior.

Director del suplemento periódico Innovación & Derecho, del diario La Ley. Magíster en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales (Untref). Magíster en Derecho Empresarial (Eseade).

Federico Alejandro Ossola

Doctor en Derecho y Ciencias Sociales. Vocal de la Cámara 4ª de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba.

Profesor de Derecho Privado II – Obligaciones, en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba. Autor de obras y artículos sobre Obligaciones, Daños y Derechos del Consumidor.

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