La empresa accionada se colocó en situación de rebeldía y la decisión revocó la negativa del tribunal anterior, que había considerado que no se acreditaron los extremos de la acción
Al evaluar que en el pleito se activaron las presunciones legales sobre la veracidad de los dichos de la demanda ante la contumacia de la demandada y lo informado por el peritaje contable, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) admitió la casación presentada por el Sindicato Obrero y Empleados de Empresas de Limpieza, Servicios y Afines de Córdoba (Soelsac) y revocó la decisión de la Sala del Trabajo a quo, que había rechazado el reclamo de pago de aportes y contribuciones sindicales en contra de la empresa “J. y A. SRL”.
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