La Sala 5ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba concedió la indemnización agravada por embarazo a una trabajadora porque, si bien fue desvinculada durante el período de prueba, se la despidió después de que ella comunicó su estado de gravidez, invocando una causa que no fue acreditada, primando los derechos que protegen a la mujer y a la persona por nacer.
La demandante relató que desarrolló tareas de cajera del comercio y que la empleadora la cesanteó, alegando que no había alcanzado “los objetivos esperados”, siendo la verdadera motivación su embarazo, que notificó fehacientemente, lo cual representó un acto discriminatorio.
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