La decisión sostuvo que no se necesita una negligencia agravada para obligar a los supervisores de una persona jurídica cuando ésta no cumple con los deberes fiscales y previsiones respecto de sus dependientes
Al considerar que se interpretó erróneamente la normativa aplicable, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) revocó parcialmente una sentencia, admitió el recurso de la parte actora y condenó solidariamente a los administradores de Creambury SA por los rubros indemnizatorios y salariales por registrar tardíamente el vínculo del accionante.
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