La decisión revocó la sentencia que había admitido la demanda del profesional. Se corroboró que el vínculo no presentaba las notas tipificantes de una dependencia económica
Al advertir que se valoró adecuadamente la prueba testimonial junto con las demás constancias de la causa, de lo cual surgió que las labores del médico demandante no tuvo una relación de dependencia con la accionada, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) admitió la casación presentada por el Club Atlético Racing.
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