Sin éxito, la abogada de los encausados alegó que el artículo 205 del Código Penal afecta el principio de legalidad, al dejar en manos del Ejecutivo la determinación de las conductas que permitirían desencadenar la acción punitiva
Los vocales de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones, en su rol de jueces revisores, desestimaron un planteo de inconstitucionalidad del artículo 205 del Código Penal (CP), que reprime la violación de medidas tendientes a evitar la introducción y propagación de una epidemia, interpuesto por la defensa pública.
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