El tribunal rechazó la apelación del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, que se fundaba en que el certificado de discapacidad del amparista se encontraba vencido
La Cámara 8ª Civil y Comercial de Córdoba confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo promovida en contra del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, entidad a la que ordenó otorgarle al amparista la cobertura integral y total reclamada.
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