martes 26, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Situaciones tensas en el trabajo no necesariamente son mobbing

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El hostigamiento denunciado por la mujer fue desestimado. La Cámara enfatizó que no surgía de las pruebas, ya que no demostró la existencia de un ambiente laboral con presiones, malos tratos o asignación injusta de tareas

La Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto un fallo que admitió un reclamo en contra de Posnet SRL y le ordenó a la firma reinstalar a la actora en su puesto.
Para la alzada, las situaciones tensas que pueden surgir ante el exceso de horas de labor no configuran una situación de mobbing.
Sobre el reclamo indemnizatorio promovido por Tamara Tello Borisovsky, fundado en una presunta situación de hostigamiento institucional, enfatizó que no surgía de las pruebas que aportó que hubiera sido maltratada y hostigada, ya que no demostró la existencia de un ambiente de trabajo en el cual se dieran presiones y malos tratos ni que las tareas que el asignaba la empleadora excedieran las obligaciones de la mujer.
“No se acreditó que sufriera un proceso de maltrato psicológico que hubiera atentado contra su personalidad, dignidad o integridad física y psíquica y que ello pusiera en peligro su empleo o degradara el clima laboral”, enfatizó la Cámara.
Además, aclaró que era improcedente tener por configurado el acoso sexual por parte de un colega invocado por la trabajadora o una inadecuada respuesta de la accionada ante aquél; ello así, porque de los correos electrónicos dirigidos desde la casilla del dependiente señalado a la demandante y de los mensajes de WhatsApp que intercambiaron no se advirtió una respuesta de repudio o rechazo de la mujer, sino que, por el contrario, se observó cierta “bilateralidad y reciprocidad” en la comunicación que denotan “una relación que podría considerarse que excede el marco de un vínculo de trabajo”. El tribunal resaltó que para que nazca el deber patronal de reincorporar al dependiente que ya agotó su licencia paga y se encuentra en período de reserva del puesto debe mediar una clara y precisa indicación médica -expresada, en términos profesionales, como alta- de que desapareció el estado de incapacidad temporal que justificó esos sucesivos encuadres legales y de que la minusvalía parcial pasó a ser definitiva.

Reserva
“La trabajadora no tenía derecho a solicitar el cese del período de reserva de puesto y su consecuente reincorporación al trabajo por cuanto la empleadora no estaba obligada a darle nuevamente tareas debido a que si bien el médico indicó que aquella se encontraba recuperada del trastorno por stress post traumático que padeciera, esa aseveración -que no luce fundada siquiera mínimamente- no suple la falta de expresión clara, precisa y concreta referida al alta médica con incapacidad parcial definitiva, puesto que ello constituye un acto médico legal de alcances y exigencias específicas que no es posible soslayar cuando se trata de imponer consecuencias jurídicas trascendentes a terceros”, ponderó la Cámara.

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