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Dólar futuro: opinan que cambios en contratos no afectan propiedad

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El titular de la Fiscalía en lo Civil, Comercial y Contencioso-administrativo Federal Nº 8, Fabián Canda, dictaminó en contra del planteo de inconstitucionalidad promovido por un inversor respecto de una serie de resoluciones adoptadas por el Mercado a Término de Rosario SA y Argentina Clearing SA, a fines de 2015 (y con vencimiento en junio de 2016), mediante las cuales -entre otras cuestiones- se dispuso una “corrección” sobre los precios originalmente pactados en contratos de dólar futuro, lo que redujo su margen de renta.
Para el agente, la rectificación fue válida porque “se inscribió en el umbral de razonabilidad definido por la Corte Suprema” para medidas adoptadas en contextos de emergencia -y que afectan el derecho individual de propiedad-, con “el objeto de salvaguardar intereses económicos de la sociedad”.
El actor, entre otros argumentos, expuso que la finalidad de las comunicaciones impugnadas fue fijar “arbitrariamente” un tipo de cambio de tal forma de beneficiar al Banco Central que, según alegó, “debía asumir los riesgos de la devaluación”.
En ese marco, consideró afectado sus derechos de propiedad y como consumidor, ante la injustificada declaración de emergencia esgrimida.
Para el agente del Ministerio Público Fiscal, la rectificación fue válida porque “se inscribió en el umbral de razonabilidad definido por la Corte Suprema” para medidas adoptadas en contextos de emergencia, con “el objeto de salvaguardar intereses económicos de la sociedad”.

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