El tribunal concluyó que se debe priorizar el derecho a formar la familia que deseen los amparistas. Sin embargo, la mayoría ordenó que éstos abonen los coseguros impuestos para estos tratamientos, sin diferenciación
La Cámara Contencioso-administrativa de Segunda Nominación hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por los actores en contra de la Administración Provincial del Seguro de Salud (Apross), solicitando la cobertura integral de la prestación de fertilización asistida por inyección intracitoplasmática de espermatozoides (ICSI) que les fue indicada en los términos de la ley 26862, de Reproducción Médicamente Asistida.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.