El juez de Ejecución Penal Gustavo Arocena recordó que el deber estatal de preservar la salud del interno presupone necesidades de auxilio surgidas de la especial situación en que se encuentra y que, por ello, debe ser visto desde una perspectiva garantista, en función de la cual no pueden imponerse prestaciones contra la voluntad del paciente.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.