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Quien sufra violencia de género podrá pedir licencia

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El Ministerio Público Fiscal también pondrá a disposición los profesionales del organismo para la contención de las víctimas. A su vez, la nueva normativa prevé otorgar días a quienes se sometan a técnicas de reproducción asistida o adopten niños

La procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, dispuso la modificación del Régimen de Licencias del Ministerio Público Fiscal e introdujo reformas en las licencias por nacimiento y adopción, fortalecimiento vincular, tratamientos de reproducción asistida, cuidado de hijos o hijas discapacitados y gremiales. Asimismo, dispuso la creación de una nueva licencia por violencia de género.
La nueva normativa renombra las licencias por maternidad y paternidad, que pasan a denominarse “licencias por nacimiento o adopción de hijas/os de personas gestantes” y “de progenitor/a no gestante”. También, se extiende a 110 días la licencia por nacimiento de hijo cuando se trate de persona gestante y a 15 días hábiles para el progenitor no gestante. Asimismo, en los casos en que el pequeño deba quedar internado, el plazo comenzará a correr desde el momento en que se le dé el alta médica.
Por otra parte, en los supuestos de adopción, se extiende el plazo a 110 días -contados a partir de la notificación de la resolución que otorga la guarda- y se establece una licencia de 15 días para concretar los encuentros previos mientras se tramita la adopción, cuando por razones de traslado se dificulte hacerla. Además, se amplía la licencia pro excedencia a los casos de monoparentalidad o cuando ambos progenitores sean varones.
En el nuevo régimen de licencias, se extiende el permiso para la reducción horaria por lactancia a quienes ejerzan la guarda de niñas con fines de adopción, hasta 12 meses desde su notificación.

Otros casos
El nuevo régimen introduce una licencia de 15 días para la realización de tratamientos de técnicas de reproducción humana asistida, y una “licencia por cuidado de hijos con discapacidad” que contempla hasta diez días hábiles por año calendario para acompañarlos a controles, tratamientos médicos y actividades especiales que requieran.
También se contempla una licencia especial por violencia de género, al tiempo que se ponen a disposición los profesionales de la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (Dovic), la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), la Dirección General de Políticas de Género y la Oficina de Bienestar Laboral y Resolución de Conflictos.
Otro de los beneficios contemplados en la nueva normativa es el otorgamiento de una licencia con goce de haberes para un representante de cada asociación sindical, durante el tiempo que dure su mandato.

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