A partir del primero de enero pasado, los sitios web que actúan como intermediarios de operaciones de compra y venta on line pasaron a ser agentes de percepción del impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo que comenzaron a practicar una percepción de hasta 5% del monto de las compraventas de cosas muebles nuevas, locaciones y prestaciones.
De esta forma, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) buscará reducir la evasión fiscal de un sector que mueve anualmente unos 720 millones de pesos.
La medida, reglada por la resolución general 2955, incluye sólo los portales que ofrecen el servicio de intermediación en el comercio electrónico. Los vendedores que utilizan la plataforma para comercializar sus productos también estarán incluidos, en caso de que sean responsables inscriptos ante el IVA o si no acreditan su calidad de exentos o no alcanzados frente al tributo.
El impacto de la alícuota de percepción a aplicar dependerá de la situación fiscal del vendedor. Si la conducta del contribuyente que ofrece el bien o servicio no presenta inconsistencias ante la AFIP, será sólo de uno por ciento sobre el monto de la operación a realizar.
En caso de presentar observaciones, será de 3%. Mientras que si el vendedor no es un sujeto inscripto ante el fisco, se elevará hasta 5%.