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Córdoba tendrá un Ministerio Público de la Defensa con cargos vitalicios

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La Legislatura Unicameral aprobó la iniciativa del Ejecutivo con 47 votos a favor y 12 en contra. La oposición criticó en forma unánime la decisión de que el nuevo defensor General y sus adjuntos puedan gozar de inamovilidad en sus funciones

Con fuertes cuestionamientos de la oposición, la Legislatura Unicameral de Córdoba consiguió aprobar -con 47 votos a favor y 12 en contra- la creación de un Ministerio Público de la Defensa.

El proyecto de ley fue criticado por la falta de oportunidad, el escaso debate en comisión y, fundamentalmente, el carácter vitalicio que tendrán tanto el cargo de defensor General y como los dos de quienes sean designados defensores Adjuntos.

La legisladora María Elisa Caffarati, del bloque de Juntos-UCR, recordó la crisis “pocas veces vista” que atraviesa el país y subrayó que la ciudadanía está esperando acabar con los privilegios. Caffarati advirtió de que -lejos de ello- lo que está haciendo el Gobierno provincial no es otra cosa que crear “una nueva estructura con cargos vitalicios y jubilaciones de privilegio”.

En el mismo sentido, se pronunció el legislador de Encuentro Vecinal Córdoba, Álvaro Zamora Consigli, quien destacó que lo único sustancial de la iniciativa es la creación de “tres cargos perpetuos”. Asimismo, criticó el escaso debate que hubo en comisión y la falta de representación que tuvieron los asesores letrados, quienes -subrayó- no fueron convocados a dar su opinión en las únicas dos reuniones de comisión en las que se analizó esta reforma.

En forma coincidente se pronunció Noelia Agüero, legisladora de la Izquierda Socialista-FIT Unidad. En duros términos, calificó la iniciativa como “escandalosa e hipócrita” y subrayó: “Es una canallada que se pierda la oportunidad de un verdadero Ministerio de la Defensa; me gustaría saber qué piensan realmente los asesores”.

Juntos por el Cambio apoyó en general la iniciativa de crear un Ministerio de la Defensa pero votó en contra del artículo 9 que hace referencia a la duración y remoción del defensor General y de sus adjuntos. Al respecto, Alberto Ambrosio rechazó de plano la idea de que la inamovilidad en los cargos garantice algún tipo de independencia. “Es más bien todo lo contrario”, aseguró.

El cierre del debate estuvo a cargo del legislador oficialista Juan Manuel Cid, autor del primer proyecto de creación del Ministerio Público que presentó junto con el suspendido Oscar González y que no prosperó. 

Cid aseguró que esta iniciativa introdujo cambios a la anterior que preveía -por ejemplo- cuatro defensores Adjuntos en lugar de dos y la participación del defensor General dentro del Consejo de la Magistratura.

Respecto de la falta de representación de los asesores en el debate, Cid recordó que cuando se debatió el primer proyecto fueron invitados a la reunión de comisión y, en esta oportunidad, lo hicieron por mediode una nota de la institución que los nuclea. 

La nueva estructura 

  • Córdoba se suma a otras 12 provincias que cuentan con un Ministerio Público de la Defensa.
  • La estructura orgánica estará integrada por un defensor General y dos defensores adjuntos, cuyos cargos se encuentran equiparados en sus remuneraciones a los del Fiscal General y  sus Adjuntos.
  • El Ministerio nucleará 88 Defensores Públicos de los diversos fueros.
  • Para ser defensor General y defensor Adjunto, el postulante deberá contar con 12 años de ejercicio de la abogacía o de carrera en el Poder Judicial de la Provincia y no menos de 30 años de edad. Para los demás Defensores Públicos, se requiere cuatro años de ejercicio y no menos de 25 años de edad.
  • El Defensor General y los Defensores Adjuntos serán designados por el Poder Ejecutivo Provincial, con acuerdo de la Legislatura, serán inamovibles en sus cargos y podrán ser removidos del mismo modo y por las mismas causales que los jueces, gozan de las mismas inmunidades y tienen iguales incompatibilidades que estos.

En la nueva estructura, los actuales asesores letrados de la ley N° 7982 pasan a denominarse «Defensores públicos», sin que la reforma implique la modificación sustancial de sus funciones o la designación de nuevos funcionarios. 

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