El presidente Alberto Fernández ratificó hoy la necesidad del cumplimiento estricto del decreto de necesidad y urgencia que entró en vigencia hoy con nuevas medidas restrictivas para frenar la ola de contagios de coronavirus en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), al considerar que esa región representa actualmente el “foco infeccioso” del país.
Luego de un encuentro que se extendió por más de una hora en la residencia de Olivos con el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, Fernández dijo en conferencia de prensa que “su idea es reducir drásticamente la circulación en las próximas dos semanas”.
“Tengo la obligación de cuidar la situación del Amba, porque es hoy el foco infeccioso más grave que tiene Argentina y el comienzo de clases coincide con el aumento de casos en la región, por eso las medidas que tomamos”, explicó.
El Presidente advirtió que ninguna autoridad quisiera frenar la presencialidad en las escuelas, pero esa actividad “genera todo un movimiento social que incrementa mucho la circulación ciudadana y, con esa mayor cantidad de gente que circula, el riesgo crece”.
El coronavirus “no nos deja dudar y no nos da tiempo cuando dudamos”, por lo que “no negociamos con el virus y debemos ser inflexibles, por eso tomé la decisión que tomé y vamos a seguir adelante con el decreto puesto en marcha”, precisó.
El mandatario indicó que lo que propone el Gobierno es “15 días de shocks y parar la circulación y el relajamiento social”.
“Las leyes se hacen para ser cumplidas y a los que no les gustan las medidas, que recurran a la Justicia; a mí la rebelión, no. En un Estado de derecho las leyes se cumplen. No estoy para tolerar la indisciplina de muchos restaurantes colmados de gente”, subrayó.
En tanto, aseveró que el Estado “seguirá asistiendo” a bares y restaurantes afectados por las medidas.
Esta mañana se oficializaron las medidas para el AMBA, vigentes desde el primer minuto de hoy hasta el 30 de abril, a través del decreto de necesidad y urgencia 241 publicado en el Boletín Oficial con la firma de Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y los ministros.
El artículo 1° de la norma mantiene las dispensas del deber de asistencia a los lugares de trabajo y establece que “los trabajadores dispensados recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su salario habitual, neta de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social”.
Se aclara que ese beneficio “no podrá afectar el financiamiento de la seguridad social, ni los derechos conferidos por los regímenes de la seguridad social”.
En el artículo 2, se establece que “se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el país” salvo en el AMBA en todos los niveles y en todas sus modalidades, desde el 19 de abril hasta el 30 de abril de 2021, inclusive.
En cuanto a las demás medidas específicas para el AMBA, el decreto establece que quedan suspendidas las actividades en centros comerciales y shoppings, y las deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados.
Tampoco se puede abrir locales comerciales, salvo las excepciones previstas en el artículo 20 del decreto, entre las 19 y las 6 ni locales gastronómicos en esa franja horaria, salvo en las modalidades de reparto a domicilio y para retirar en el establecimiento.
Además, en el horario entre las 6 y las 19, los locales gastronómicos “solo podrán atender en espacios habilitados al aire libre”.
El transporte público urbano e interurbano solo podrá ser utilizado por personal esencial y situaciones autorizadas con un certificado habilitante.
La restricción para circular en el AMBA regirá desde las 20 hasta las 6.