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Ya rige un nuevo régimen de pasantías para secundarios

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Podrán acceder los alumnos de los dos últimos años del nivel medio de todo el país. Fijan límites al número de permitidos por empresa

Los alumnos que cursen los últimos dos años del nivel secundario podrán acceder a un Régimen General de Pasantías, que tendrá como objetivo garantizar una práctica formativa que articule el estudio y el trabajo.

La medida, que regirá en todo el ámbito del nivel secundaria del Sistema Educativo Nacional, quedó establecida en el decreto 1374, firmado por la presidenta Cristina Fernández y publicado ayer en el Boletín Oficial.

El convenio posibilitará que estudiantes de entre 16 y 18 años -que cursen los últimos dos años del ciclo lectivo secundario- puedan acceder a un régimen de pasantías siempre y cuando cuenten con la autorización del  padre o tutor.

La pasantía no generará relación laboral alguna con la institución en la cual se efectúe la práctica. De todos modos, a los efectos del sistema de Riesgos del Trabajo, los pasantes se considerarán como trabajadores vinculados por relaciones no laborales, por lo cual deben incorporarse al ámbito de aplicación de esas normas.

El cumplimiento del nuevo régimen estará a cargo de la máxima autoridad educativa de cada jurisdicción -tanto sea nacional, provincial o municipal-, los directivos de las escuelas públicas o privadas, y los representantes de las empresas, organismos de gobierno, asociaciones, cooperativas y organizaciones internacionales interesadas en la incorporación de estudiantes.

Según el decreto, la medida abarcará a los alumnos secundarios en cualquiera de sus orientaciones y modalidades, quienes podrán realizar “prácticas relacionadas con su educación y formación de acuerdo con la especialización que reciben”.

Las pasantías establecen la asistencia y participación de los estudiantes en las actividades de las instituciones y empresas que los requieran, durante un máximo de seis meses y una actividad límite de 20 horas semanales.

Límites y requisitos
La resolución también expresa que el número de pasantes no podrá superar en cada establecimiento los límites y porcentajes calculados sobre el total de trabajadores regulares que desempeñen sus tareas en el mismo ámbito.

Al respecto, la norma explica que una empresa o institución que posea hasta cinco operarios sólo podrá contar con un pasante; con dos, en el caso de que el plantel de trabajadores sea de entre seis y diez; tres, entre 11 y 25; cuatro, entre 26 y 40; y cinco, entre 40 y 50 trabajadores. Si el número de trabajadores supera el medio centenar, los pasantes no deberán superar diez por ciento del total.

El régimen de pasantías tendrá para los alumnos, entre otros objetivos, el de propiciar su familiarización con el ambiente laboral en sectores o áreas afines con los estudios que realizan.

Las unidades educativas, por su parte, conformarán un marco en el que los ámbitos de trabajo locales puedan ser utilizados como instancias de aprendizaje de los estudiantes.

Los alumnos que aspiren a ingresar al sistema deberán presentar un certificado médico, expedido por las autoridades sanitarias oficiales, que acredite que pueden realizar las actividades exigidas en cada caso.

En tanto, los estudiantes serán protegidos en la actividad por los distintos seguros que los resguardan en las escuelas, contarán con los beneficios de transporte, comedor y tiempos de descanso.

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