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Ley de Salud Mental: los psicólogos, satisfechos por su reglamentación

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Garantiza los derechos de las personas usuarias de servicios mentales y establece la responsabilidad estatal de propiciar tratamientos comunitarios. Fue ponderada por profesionales y especialistas del área

El Colegio de Psicólogos y la Mesa de Derechos Humanos y de Salud Mental de la provincia se mostraron satisfechos con la reglamentación de la ley nacional 26657 de Salud Mental.

Ante la consulta de Comercio y Justicia destacaron que la reglamentación mantuvo el espíritu de la norma en cuanto al objetivo de la desmanicomialización y desjudicialización de la salud mental, adecuando los servicios de ésta para garantizar los derechos de los usuarios.

La norma habla de “una perspectiva de salud integral, garantizando todos los derechos establecidos en la ley”, considerando que “el eje deberá estar puesto en la persona en su singularidad, más allá del tipo de adicción que padezca”. Crea la Comisión Nacional Interministerial en Políticas de Salud Mental y Adicciones, que funcionará en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, siendo la autoridad de aplicación de la ley la cartera de Salud.

Ésta deberá convocar a “organizaciones de la comunidad que tengan incumbencia en la temática, en particular de usuarios y familiares, y de trabajadores, para participar de un Consejo Consultivo de carácter honorario”. El objetivo es que en ese ámbito se “expongan las políticas que se llevan adelante y escuchar las propuestas que se formulen”. Además, establece que todas los sistemas de salud, tanto públicos como privados, deben adecuar su cobertura a las previsiones de la Ley de Salud Mental.

La reglamentación deja en claro que “todo paciente, con plena capacidad, o sus representantes legales, en su caso, podrán disponer directivas anticipadas sobre su salud mental, pudiendo consentir o rechazar determinados tratamientos”.

También, que la información sanitaria del paciente “sólo podrá ser brindada a terceras personas con su consentimiento fehaciente”. Asimismo, fija que cada jurisdicción debe crear equipos interdisciplinarios y que la autoridad de aplicación debe garantizar “políticas públicas en materia asistencial” y determina las características de ellas.

Entre otros puntos, señala que debe estar garantizada “la cercanía de la atención al lugar donde vive la persona”, la continuidad y articulación en el tratamiento, la participación de personas usuarias, familiares y otros recursos existentes en la comunidad “para la integración social efectiva”.

Propicia la creación de los dispositivos comunitarios, “ya sean ambulatorios o de internación”. En ese sentido, deja en claro que “no será admitida la utilización de salas de aislamiento”.

La norma se refiere también “al cierre de manicomios públicos y privados para el año 2020, de acuerdo con lo acordado por distintos países, entre ellos Argentina.

En relación con educación, el decreto dice que deben adecuarse los planes de estudio de formación de los profesionales de las disciplinas involucradas con la salud mental.

En Córdoba
Jacinta Burijovich, integrante de la Mesa de Derechos Humanos y de Salud Mental, referente del Hospital Neuropsiquiátrico provincial e investigadora de la Universidad Nacional de Córdoba, destacó la importancia de la creación de un órgano de revisión fundamental para monitorear, controlar y garantizar el derecho. “Celebramos que se reafirme la idea de desmanicomialización y desjudicialización”, dijo la especialista.

Tanto Burijovich como el titular del Colegio de Psicólogos, Eduardo Cáceres, recalcaron que con la reglamentación nacional en Córdoba se podrá ahora apelar al órgano de contralor nacional que crea la norma cuando no se respeten los derechos en salud mental en la jurisdicción provincial.

Cáceres sostuvo que se trata de una ley de orden público que rige para todo el ámbito de la Nación y que con la reglamentación ya no habrá ningún argumento en contra para impedir o no respetar los derechos que en ella se plasman.

Abordaje
– Las políticas de abordaje intersectorial “deberán incluir la adaptación necesaria de programas que garanticen a las personas con padecimientos mentales la accesibilidad al trabajo, a la educación, a la cultura, al arte, al deporte, a la vivienda y a todo aquello que fuere necesario para el desarrollo y la inclusión social”, agrega el decreto.

– Define que el Inadi y la Afsca “desarrollarán políticas y acciones tendientes a promover la inclusión social de las personas con padecimientos mentales y a la prevención de la discriminación por cualquier medio y contexto”.

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