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Portal de noticias realiza violencia mediática

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Por Matias Altamira*

La Justicia ordenó al portal de noticias Cholilaonline que deje de ejercer violencia mediática contra la ministra de Familia del Chubut.
La decisión de la juez de Familia Gladys Rodríguez, ante el requerimiento formal de la titular del Ministerio de Familia, Cecilia Torres Otárola, por la violencia de género mediática ejercida por el portal de noticias Cholilaonline,
La Ministro sostuvo que la tecnología ha permitido el reconocimiento de nuestros derechos y ha permitido que se continúen viejas prácticas donde se pretende indicarnos qué hacer, cómo hacerlo y hasta dónde hacerlo. Cuando una mujer hace política no es casual que para atacarla se la sexualice, o se la trate de loca, o de histérica, se procura en definitiva minimizar su rol, mostrándola como alguien débil, interesado o simplemente incapaz, se hacen chistes sobre su imagen, sobre sus expresiones o su intimidad. He decidido poner un alto a tal situación y ante reiterados ataques que exceden claramente mi rol como funcionaria por parte del portal cholilaonline.com, inicié acciones solicitando, con el debido respeto a la libertad de prensa plantear mi caso ante la justicia.
En su resolución, la Sra. Juez Rodríguez intimó al Sr. Darío Fernández en su carácter de Director del sitio web “Cholilaonline”, que se abstenga de realizar publicaciones o difusiones de textos o imágenes estereotipados a través de las redes sociales y/o medios masivos de comunicación que injurien, difamen discriminen, deshonren, humillen, o atenten contra la dignidad de Cecilia Torres Otarola, haciéndole saber que deberá eliminar inmediatamente las publicaciones ya realizadas que encuadren en los términos antes descriptos.
En el caso ahora analizado, uno de los fundamentos principales es la ley de protección integral de las mujeres, que entre las modalidades de violencia describe a la mediática, estableciendo que es aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.
Pero estos derechos también pueden ser ejercidos por los hombres, ya que la injuria, la difamación, discriminación, deshonra y humillación la puede sufrir cualquier persona humana. Lo más destacable de este caso y digno de imitar, es que la persona ofendida reaccionó, dejó de tolerar la injuria gratuita, que transforma la libertad de expresión en un libertinaje, y acudió a la Justicia, que resolvió rápidamente.

* Abogado, especialista en Derecho Informático

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