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Día Mundial de los Derechos del Consumidor: las libertades que nos faltan

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Por Exequiel Vergara (*)

En el mundo se celebra el 15 de marzo el Día de los Derechos del Consumidor, y en algunos países estos derechos gozan de jerarquía constitucional, como en Argentina desde el año 1994.

Tenemos dos tipos de “derechos del consumidor”. Los de la ley, que están muy bien enumerados y establecidos, y ratificados con la última modificación al Código Civil y Comercial de 2015; y los de la realidad, que dependen de un sistema político, económico y jurídico que se empecina en contrariarlos, ponerles aclaraciones o salvedades, o simplemente invisibilizarlos.

En el aspecto político, las promesas de soluciones a los innumerables problemas del consumidor argentino quedan siempre remitidas a un “después vemos“ porque el “hoy” está embargado en una crisis que parece ser la normalidad desde hace tantos años.

Por tomar algunos ejemplos, ya todos sabemos que los autoplanes son una estafa pero ninguna ley ni decisión gubernamental se encamina a derogar este nefasto sistema sin comparación en otros países de la región o del planeta. Tampoco se resuelve la cuestión regulatoria de los alquileres, siempre presente en la agenda para certificar la tremenda inseguridad jurídica que reina entre los inquilinos y los propietarios. Ni siquiera se puede lograr una ley para que podamos notificar a las empresas por mail en vez de tener que ir hasta el correo y gastar en una carta documento.


Conferencia por el Día Mundial de los Derechos del Consumidor
Hoy martes 15, a las 17, en el Auditorio del Colegio de Abogados de Córdoba.
Disertan Exequiel Vergara, Javier Arroyo, Noheli Montoya, Nicolás Varrone, Francisco Junyent Bas. Inscripción presencial o por Zoom: www.abogado.org.ar


Ineludiblemente vinculado con lo político tenemos la cuestión económica, un consumidor que no puede ahorrar es un consumidor que no puede consumir determinados bienes. Otra vez llegamos al punto de normalizar la imposibilidad del ahorro, la existencia de valores oficiales y valores blue y, en definitiva, la resignación de que nuestra moneda no es más que una herramienta para empobrecernos, inútil para fijar precios o como reserva de capital, cuya principal función es que, principalmente los más pobres y el sector privado en su conjunto, paguen sin darse cuenta el famoso “impuesto inflacionario”.

No nos cansaremos de repetir que no es posible la existencia de un Derecho del Consumidor mínimamente eficaz mientras el país esté achacado por el cáncer de la inflación; y que todo lo que se haga sin solucionar la base de nuestro problema será puro maquillaje y populismo demagógico.

Y el aspecto jurídico, el más incomprensible de todos. Como abogado consumerista, cada vez que llega el momento de ver una sentencia en una causa, no tengo confianza: tengo miedo. Los profesionales que hacemos posible la defensa en juicio de los consumidores sabemos que nuestros clientes tienen razón, que la ley les da la razón y que todo lo que debe probarse fue probado, pero aun así la imprevisibilidad judicial resulta escandalosa.

En tres temas de la mayor importancia para el fuero -la gratuidad, las acciones colectivas o el daño punitivo-, nadie puede predecir mínimamente el resultado de una acción. Sea por ignorancia, incompetencia, ideología o corrupción de quienes tienen la responsabilidad de hacer cumplir la normativa, las empresas salen airosas una y otra vez de las situaciones más insólitas.

La gratuidad para litigar a favor del consumidor, dictada por la ley y recontra ratificada por la Corte Suprema en diversos fallos, todavía se discute en cada despacho de cada dependencia relacionada con el fuero de nuestro Poder Judicial.

El daño punitivo, que es la multa frente al trato indigno o las conductas desleales de las empresas, es otro elemento completamente impredecible y arbitrario, y sujeto a los más amplios debates “doctrinarios”. 

No es nada raro, aunque no salga en las noticias, que sea el consumidor quien termine condenado en costas por interpretaciones absurdas (pero convenientemente proempresas) tan sólo por pedirle al juez que ponga un freno a los destratos de las grandes corporaciones.

Aprovechemos la ocasión para hacer un llamado a la responsabilidad de los funcionarios públicos. Particularmente a quienes tienen en sus manos la resolución de las causas concretas. Un consumidor condenado en costas es un sistema judicial que está funcionando patas para arriba. Pero no es uno, pasa todos los días, incluido el día que motiva estas reflexiones.


(*) Profesor de Derecho del Consumidor (UNC). Delegado del Colegio de Abogados de Córdoba ante la Comisión de Derecho del Consumidor de la Federación Argentina de Colegios de Abogados. Fundador de la Asociación de Abogados Consumeristas

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