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Derechos humanos para todos

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Por Luis Carranza Torres (*) y Carlos Krauth (**)

El próximo domingo 10 se cumplirán 75 años de uno de los compromisos mundiales esenciales de nuestra humanidad: la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). 

Proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948, estableció -por primera vez- los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero respecto de toda persona, por el solo hecho de ser tal e independientemente de su raza, color, religión, sexo, idioma, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

La defensa de dichos derechos humanos es un deber que tienen todos los Estados. Ello implica asumir tanto políticas para su promoción, como de condena a quienes atentan contra ellos.

Entendemos que cualquier acción referida a su protección debe basarse en esa idea de la universalidad que resulta su rasgo esencial. De allí que no se puede ser selectivo apoyando o reprobando algunos casos de acuerdo a si las personas involucradas comparten o no determinada ideología política. Tristemente vemos como muchos gobiernos (y personas también), están prestas para reprochar su violación cuando lo hacen sujetos contrarios a su forma de pensar y callan cuando son sus pares ideológicos los actores de esa violación. Semejante actitud se asemeja más a la complicidad que a otra cosa.

Días atrás, 55 países de la comunidad internacional decidieron condenar el genocidio cometido por la URSS, bajo el gobierno del dictador Stalin, contra el pueblo ucraniano, conocido como “Homolodor”. Recordemos que, durante los primeros años de la década del 30 del siglo pasado, cumpliendo las directrices del Kremlin, murieron de hambre aproximadamente cinco millones de personas (campesinos, políticos e intelectuales, entre muchos otros). Esta hambruna fue causada como parte de una política destinada a destruir al nacionalismo ucraniano.

La señalada condena señalada se hizo en el marco de una declaración de la Naciones Unidas, la cual entre sus considerandos expresó: ¨Convencidos de que la tragedia del Holodomor debe ser un recordatorio para las generaciones presentes y futuras de que deben respetar incondicionalmente los derechos humanos, incluido el derecho a la vida, a fin de evitar que tales tragedias se repitan, así como para evitar que se utilice el hambre entre los civiles como un método de guerra, en particular al alterar las cadenas de producción y suministro, lo que aumenta la inseguridad alimentaria mundial, especialmente para los más vulnerables¨.

Respecto a los países firmantes, podemos destacar que se encontraban la mayoría de las democracias actuales, por ejemplo, la Unión Europea, Estados Unidos, Canadá, Australia, y de América Latina, sólo Chile, Costa Rica, Guatemala y Uruguay.

Vemos lamentablemente que, en nuestro continente, la mayoría de los Estados omitió condenar ese acontecimiento trágico que costó millones de vidas humanas. Nos llama la atención (sin pecar de inocentes) esta decisión, ya que, en muchos casos, su población ha sido víctima de la violación de sus derechos humanos, reclamando sus voceros, reiteradamente, apoyo para condenar y castigar a los autores de estos hechos.

En el caso de nuestro país -tan reconocido en muchos foros internacionales por su política de derechos humanos- podemos entender políticamente el silencio, pero no compartirlo, ya que como expresamos, la defensa de los derechos humanos debe ser política de Estado y tiene que tener carácter universal. Ser selectivo, como dijimos previamente, más que resultar diplomáticos significa avalar por el silencio semejantes prácticas.

Como dijo António Guterres, secretario General de la Organización de las Naciones Unidas: “Debemos mantenernos firmes ante el aumento de la intolerancia y construir un futuro de dignidad, seguridad, justicia y derechos humanos para todos».

Una parte no menor de esa intolerancia es silenciar las violaciones de derechos humanos que no resultan ideológicamente cómodas. Tengámoslo en cuenta.

(*) Abogado. Doctor en ciencias jurídicas

(**) Abogado. Doctor en derecho y ciencias sociales

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