jueves 26, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Transportistas acatan norma para traslado de productos tóxicos

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Un alto grado de cumplimiento de la normativa que prohíbe la presencia de fosfuro de aluminio y cualquier plaguicida fumigante durante su transporte en la provincia de Córdoba registraron los controles realizados ayer.

En distintos puntos viales de los departamentos Unión y Marcos Juárez, agentes inspectores del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos, junto a personal de la Policía Caminera, realizaron los controles en camiones cargados con granos.

Según se informó en el Ministerio, 80 por ciento de los vehículos controlados contaba con la declaración jurada correspondiente, en la que se deja constancia de que la carga está libre de químicos.

El subsecretario de Fiscalización de la cartera agropecuaria, ingeniero Darío Fuentes, aclaró que “a los transportistas que no tenían el documento, se les labró un acta de constatación y se los dejó continuar viaje, ya que sólo se detiene el vehículo si se detecta la presencia de fosfina en la carga, cosa que no ocurrió en ninguno de los casos”.

En los procedimientos, que se desarrollan de forma periódica, el personal del Ministerio solicita en primer término al transportista la declaración jurada; posteriormente toma mediciones con los detectores digitales de fosfina recientemente adquiridos por la cartera; y por último procede a entregar material informativo sobre el fosfuro de aluminio y la normativa vigente para su uso. Las mediciones de fosfina se realizan en cabina, chasis y acoplado del transporte.

“Lo positivo es que además del alto grado de acatamiento a la norma, los trabajadores mostraron una muy buena predisposición al control, porque se trata de una exigencia que va en beneficio de su salud”, manifestó Fuentes. Cabe aclarar que a partir de la resolución ministerial 304 de julio de 2010, el titular de los granos, productos y subproductos de cereales y oleaginosas deberá completar una declaración jurada de carácter obligatorio, en la que asegure que el producto no ha sido tratado con ningún tipo de plaguicida fumigante durante su carga, y tampoco   autorizado dicho tratamiento durante su tránsito a destino.

En caso de que el control constate la falta de la documentación, el propietario del cereal será pasible de una multa de hasta 20% por ciento del valor de la carga.

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