Las empresas ensambladoras y las motopartistas recibirán un bono fiscal con el cual podrán cancelar una serie de impuestos, incluidos IVA y Ganancias.
Fue reglamentado el régimen de incentivos para la producción local de motocicletas y motopartes, cuya vigencia estaba pendiente luego de promulgada la norma respectiva.
El Boletín Oficial publicó ayer la resolución general 2861 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que prevé la emisión de un bono fiscal con el cual las empresas podrán pagar los impuestos a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA e Internos.
El bono fiscal, que será nominativo e intransferible, va a ser emitido por la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Industria. Este título se establecerá sobre el valor de compra de partes, piezas, subconjuntos y motopartes, matrices y moldes locales, destinados a la fabricación local de motocicletas y motopartes. El acceso a este régimen será a través del sitio web de la AFIP. La medida establece que los beneficiarios del régimen y sus proveedores están obligados a emitir comprobantes electrónicos sobre las operaciones alcanzadas por este incentivo. También por el resto de sus operaciones podrán utilizar comprobantes electrónicos. La AFIP establece en la resolución que los interesados y sus proveedores deberán emitir comprobantes originales para las siguientes operaciones:
Beneficiarios del régimen de incentivo: operaciones de venta en el mercado interno y de exportación de los bienes alcanzados por el régimen.
Proveedores: operaciones que realicen con los beneficiarios del incentivo que otorguen el derecho a la obtención de los certificados de desgravación arancelaria y/o de los bonos fiscales previstos en este régimen.
Las firmas deberán comunicar a la AFIP -con cinco hábiles días de antelación- la fecha en la que comenzarán a emitir los comprobantes. La comunicación se podrá realizar a través del sitio web del organismo, con la Clave Fiscal.
Asimismo, deberán pedir por Internet la autorización de emisión de comprobantes electrónicos originales a la AFIP, que puede autorizar o rechazar la solicitud. Una vez autorizados a emitir facturas electrónicas, los beneficiarios recibirán un Código de Autorización Electrónico (CAE) y a partir de ese momento los comprobantes electrónicos serán válidos.
La norma establece también que -para acceder al beneficio- los interesados deberán constituir garantías a favor de la AFIP, que podrá ser mediante un depósito de dinero en efectivo o en plazo fijo en el Banco de la Nación Argentina, o con un aval bancario.
En la actualidad, la mayor parte de las motocicletas son importadas o armadas en el país con componentes traídos del exterior, principalmente desde China.