Por Ismael Arce. Licenciado en Historia.
Que Argentina atraviesa una crisis educativa casi terminal, con crecientes niveles de analfabetismo y escaso acceso a la educación y la cultura, es una verdad incontrovertible, dolorosa, acuciante, preocupante, casi desesperante.
En el ámbito del Poder Judicial, donde más se aprecia esa triste realidad, es en el fuero Penal. Es allí donde los diversos actores del proceso ponen de manifiesto un creciente deterioro de las condiciones educativas, de la más mínima instrucción y cada día son más numerosas las personas que –a duras penas- pueden –tan sólo- escribir sus nombres.
El alarmante estado de la educación en el país no sólo se pone de manifiesto entre los imputados de delitos sino también entre aquellas personas que están –precisamente- para combatir esas actividades reñidas con la ley. Sorprenden los errores terribles de ortografía que inundan las declaraciones, los testimonios e incluso los formularios preimpresos que componen grandes porciones de los expedientes que recorren los despachos judiciales. De esas verdaderas aberraciones lingüísticas no están exentos los propios escritos emanados de las oficinas de Fiscalías, Juzgados y Cámaras del fuero en lo criminal.
Lo dicho pretende poner de relieve que las deficiencias educativas y la pobreza idiomática que campean en nuestra sociedad se expresan de manera aún más evidente en el marco de la justicia penal.
Ahora bien, ¿cuál es la respuesta de algunos miembros del Poder Judicial ante esta evidente crisis de la educación y la cultura argentinas?
En su columna de los días miércoles en este querido medio, el Dr. Armando Segundo Andruet (h) escribió un artículo titulado “Cuando el juez pierde el rumbo, la sociedad está a la deriva”. En ese trabajo, el ex vocal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba resalta: “El desafío de la autorrestricción judicial no es sencillo, pero posible”, analizando una sentencia dictada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 41, en la que el juez Alejandro Aníbal Segura se dedicó, más que a hacer justicia, a poner de manifiesto actitudes –por él confesadas- de mero hombre “futbolero”. Recomendamos la lectura del artículo del Dr. Andruet como saludable ejercicio verdaderamente “restaurador” de la corrección idiomática y jurídica, a la vez que dicha remisión nos exime de abordar el decisorio jurisdiccional puesto en análisis.
El fallo comentado por el prestigioso jurista cordobés aborda una faceta de la banalización del ejercicio de la magistratura a la que se refieren –con temor, verdadera desazón y acertada visión- los Dres. Luis Carranza Torres y Carlos Krauth. Pero existen otras maneras de ejercer la magistratura o la función jurisdiccional –en general- de espaldas a la sociedad, casi ignorando a esta comunidad cuyo nivel educativo se cae a pedazos.
En efecto, algunos jueces y fiscales de la Provincia, ignorando las expresas recomendaciones del Tribunal Superior de Justicia, se embarcan en la redacción de sentencias tediosas, innecesariamente extensas y, al mismo tiempo, vacías de contenido. Sin embargo, lo más llamativo es el uso desmedido, descontextualizado, casi soberbio y sumamente innecesario de frases y expresiones en latín y palabras devenidas en verdaderas “reliquias” de la lengua española –por su antigüedad y virtual falta de uso- que, lejos contribuir a la claridad de las decisiones jurisdiccionales en las que se utilizan, terminan haciendo ininteligibles para la abrumadora mayoría de los justiciables (aquellos a los que la ignorancia o el analfabetismo tornan más vulnerables que al común de los mortales y a los que –precisamente- deben estar dirigidas esas decisiones), constituyen verdaderos alardes de supuesta sabiduría, exhibiciones de conocimientos (¿conocimientos?) y marcan un llamativo divorcio de la realidad que vive nuestro pueblo.
¿Para quién –realmente- se escriben esas sentencias? ¿Se redactan como un ejercicio de satisfacción meramente personal? ¿Qué buscan probar? ¿Pretenden ocultar vacíos jurídicos con las bellas y complicadas palabras que utilizan?
Habría que preguntar a los autores de esas sentencias cuáles son las razones de tamañas desmesuras “literarias”. La claridad, la objetividad, la seriedad, el bastarse a sí mismas de las decisiones judiciales no deben sacrificarse en el altar de los egos personales y las presuntuosas manifestaciones de saberes que la realidad desmiente. ¿Creen esos magistrados y funcionarios judiciales que se encuentran en un peldaño social más elevado que el resto de sus conciudadanos por el simple hecho de hablar y escribir “difícil” o en lenguas que –cultas y necesarias para muchos saberes- ya nadie utiliza? ¿O es que ese alarde innecesario –como todo alardear- oculta falencias y carencias que no pueden sobrellevar?
Hagamos accesibles a todos los mortales las sentencias de los jueces; derribemos las barreras que algunos pretenden mantener para convertir la actividad jurisdiccional en un coto cerrado con acceso a unos pocos “iniciados”, al mismo tiempo que llenan sus discursos de llamamientos a la igualdad ante la ley, el respeto del derecho y la defensa de los más vulnerables. Porque si de “frases hechas” se trata, no hay que olvidar que “no sólo hay que ser, sino parecer”. Y a “quien le quepa el sayo, que se lo ponga”.
“Algunos jueces y fiscales de la Provincia, ignorando las expresas recomendaciones del Tribunal Superior de Justicia, se embarcan en la redacción de sentencias tediosas, innecesariamente extensas y, al mismo tiempo, vacías de contenido”
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Cuanta razón le asiste al articulista .
Las faltas de ortografía y deficiencias de la gramática que se observan frecuentemente en los escritos judiciales ,como las resoluciones vacías de contenido, son una muestra más del deterioro Argentino, en todos los aspectos. Todo se simplifica, todo se banaliza.
Por otro lado : también ello vale para algunos abogados.
Para ser justos : no se puede generalizar. Todavía vemos escritos de Magistrados ,Funcionarios del Poder Judicial y abogados, que muestran una excelente factura y sentencias y otras resoluciones muy bien fundamentadas y desarrolladas. Lo que vale para todos los fueros.
Brillante artículo, tal como nos tiene acostumbrados el Lic. Ismael Arce. ¡Felicitaciones!