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La UIF adecuó requisitos del Revisor Externo Independiente (REI) a la nueva normativa de prevención de lavado

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Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba

Acuerdo Reglamentario N° 1869 – Serie: “A”

En la Ciudad de Córdoba, 22/08/2024, con la presidencia de su titular Dr. Luis Eugenio ANGULO, se reunieron para resolver los señores vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucia TARDITTI, María Marta CÁCERES de BOLLATI y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la intervención del señor Fiscal General de la Provincia, Dr. Juan Manuel DELGADO y con la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Dr. Luis María SOSA LANZA CASTELLI y ACORDARON: VISTO: El “Proyecto interinstitucional para el diseño y la mejora del Sistema Integral de Flagrancia” desarrollado a partir del aporte de distintas áreas dependientes de este Tribunal Superior de Justicia y del Ministerio Público Fiscal; destinado a analizar y proyectar protocolos de actuación y pautas organizacionales para el tratamiento de los casos de flagrancia -art. 275 y ss. del Código Procesal Penal de Córdoba (CPP), Ley N° 8123 y modificatorias-.

Y CONSIDERANDO: 

1. Que, en el marco del “Proyecto interinstitucional para el diseño y la mejora del Sistema Integral de Flagrancia” (SIF) se desarrolló la primera etapa de diagnóstico durante el año 2023, de la cual participaron un amplio grupo de actores involucrados en el proceso penal de Córdoba. En dicho período se elaboraron conclusiones sectoriales con identificación de nudos críticos y la proyección de propuestas de mejoras de las que se tomó razón conforme lo dispuesto por Acuerdo Reglamentario n° 1825 serie A del 28/09/2023. 

2. Que en la segunda etapa del “Proyecto – SIF”, se le encomendó al equipo de trabajo interinstitucional avanzar con las instancias de análisis de las conclusiones elaboradas en la primera etapa, la preparación de un diagrama de flujos del proceso y la estructura de un protocolo de actuación de los casos de flagrancia. Las pautas para desarrollar esa tarea se establecieron mediante el Acuerdo n° 477, Serie A, del 9/5/2024. Allí se dispuso que los protocolos de flagrancia debieran integrarse con el diseño de modelos estándar para los actos principales del proceso, el diseño de los circuitos de trabajo sobre los aspectos operativos y de toma de decisión, tendientes a aportar una herramienta de mejora y eficiencia del servicio de justicia en el proceso penal. También se estableció que en el “Proyecto – SIF” resulta esencial reforzar y profundizar las dinámicas de la oralidad, una mayor celeridad en el tratamiento de los casos sin descuidar la calidad de las conclusiones, bajo un esquema de publicidad y contradicción, respetándose los principios de inmediación, bilateralidad y concentración que permitan la resolución integral y temprana de los casos de flagrancia.

3. En ese sentido y para avanzar en tales objetivos, se desplegaron nuevas instancias de trabajo con el acompañamiento de los asesores externos al Poder Judicial, los Dres. German Garavano y Héctor Chayer. 

3.1 Por un lado, se diseñaron propuestas direccionadas a alcanzar mejoras en la dinámica de preparación y recepción de audiencias en la etapa de investigación penal preparatoria. En una primera etapa, se conformó un equipo integrado por jueces, defensores y fiscales, bajo la coordinación de la Secretaría Penal del TSJ y el Dr. Héctor Chayer, con la finalidad de construir un manual de “Reglas para la litigación oral – Buenas prácticas para el desempeño en audiencias de medidas de coerción, juicio abreviado y multipropósito en delitos comunes” (Reglas prácticas de audiencia). Dicho instrumento se encuentra en proceso de consolidación y en la actualidad alcanza amplios niveles de consenso entre los actores. Posteriormente, se prevé una instancia de presentación y validación de las “Reglas prácticas de audiencia” con los distintos grupos de destinatarios, que tendrá lugar en septiembre del 2024. Finalmente, se proyecta trabajar en los próximos meses en la construcción de indicadores estándar para la medición de audiencias en la etapa de investigación penal preparatoria, que permita medir la evolución en el tiempo y detectar avances y retrocesos. 

3.2 Por otro lado, y con la finalidad de poner a prueba un diagrama de trabajo para los casos de flagrancias de complejidad baja, se avanzó en el diseño de un “Plan piloto de tramitación integral de casos de flagrancia mediante audiencias tempranas”, que involucra a un grupo determinado de actores y se desarrollará entre los meses de septiembre y noviembre del 2024 con objetivos específicos. El Plan Piloto recoge el trabajo de diagnóstico realizado a lo largo de los meses previos y proyecta poner a prueba nuevas modalidades de tratamiento de los procedimientos de flagrancia, bajo las pautas procesales vigentes. Se planea la tramitación, mediante la implementación del circuito de audiencias tempranas, de un número cerrado de quince (15) casos con graduales niveles de resolución del conflicto, conforme las pautas que se expondrán seguidamente. Todo ello con la intervención de un grupo determinado de actores en la ciudad de Córdoba Capital.

4. Pautas generales del “Plan piloto de tramitación especial de casos de flagrancia mediante audiencias tempranas”. 

A) Principios generales del proceso de flagrancia: Simplicidad, desformalización, flexibilidad, celeridad y concentración. Se proyectó un circuito de tramitación de casos flagrancias que busca facilitar la construcción de respuestas integrales y tempranas, que permita la adecuación de roles y organización de los equipos de trabajo, que propenda a la desformalización de algunas instancias del proceso, que proyecte la utilización de instrumentos estándar para determinados actos procesales, que profundice la oralidad, la inmediatez y el contradictorio y que fortalezca el cumplimento de garantías procesales de todas las partes. 

B) Objetivos y plazo de implementación. El plan piloto de tramitación de casos de flagrancia tiene la proyección de alcanzar la resolución de: 

a) 5 causas mediante la aplicación del instituto de la suspensión de proceso a prueba; 

b) 5 causas mediante la realización de un juicio abreviado inicial con condena de ejecución efectiva; y 

c) 5 causas mediante la realización de un juicio abreviado inicial con una condena de ejecución condicional. El período de implementación se dispone entre los meses de septiembre y noviembre del 2024, o bien alcanzado el objetivo del número de casos resueltos bajo la modalidad precitada. Para alcanzar el objetivo de quince (15) resoluciones mediante abreviado inicial (art. 356 CPP) o suspensión de proceso a prueba (art. 360 bis CPP), podría requerirse un mayor ingreso de causas de flagrancia al plan piloto. Aquellas causas que excedan el alcance del plan (por complejidad, otras alternativas procesales, etc.) continuarán su trámite bajo la competencia asignada en el presente Acuerdo.

C) Conformación del equipo de trabajo. Se convocó a un grupo de actores pertenecientes a cada estamento que debe intervenir en el proceso penal en la etapa de investigación penal preparatoria: Ministerio Público Fiscal: Dra. Lourdes Quagliatti (Fiscal de instrucción), Dr. Ivan Rodríguez (Fiscal de Instrucción), Dr. Horacio Vásquez (Fiscal de instrucción), Dra. Bruna Sciola (Directora del Centro de Recepción de Procedimientos de personas Aprehendidas en Flagrancia), Dr. Nicolás Alisio (Ayudante Fiscal), Patricio Veras Carrara (empleado del CRPPA), Constan-za Enet (empleada del CRPPA), Federico Hipólito García (empleado del CRPPA), Julieta Idiarte (empleada del CRPPA), Josefina Oliva (empleada del CRPPA) y Luciano Di Dio (empleado del CRPPA). Defensa Pública: Dra. Carolina Lerda (Defensora Pública oficial) y Dr. Martin Cafure (Defensor Público Oficial) y sus equipos de trabajo. Juzgados de Control: Dra. Laura Barale (Jueza de Control n°2) y Dr. Juan Manuel Fernández López (Juez de Control n° 10) y sus equipos de trabajo. D) Asignación de competencia material y territorial. Competencia territorial: El presente protocolo del plan piloto para casos de flagrancia, tendrá competencia territorial por Distrito Único comprensivo del ejido de la ciudad de Córdoba capital. Competencia material: Se dispone la competencia para casos que hayan sido declarados de flagrancia en los términos del arts. 275, 276 y 279 del CPP cuyo procedimiento ingrese al Centro de Recepción de Procedimientos de Persona Aprehendidas en Flagrancia (CRPPA) –Resolución de FG n° 18/2022-. En esa línea, un proceso judicial vinculado a flagrancia ocurrido en la ciudad de Córdoba que ingrese al CRPPA, podrá ser seleccionado para incorporarse al plan piloto conforme las características del caso que se disponen en el presente acuerdo. En tales supuestos y luego de la selección del caso, se dejará constancia fehaciente en el expediente electrónico que publicite la asignación de la competencia conforme las reglas del presente Acuerdo, lo que será informada al titular de la fiscalía con competencia territorial originaria –Resolución de FG n° 4/2023 y n° 8/2023-.

E) Para ingresar al plan piloto los casos deben reunir las siguientes características: 

* Ingresar al CRPPA entre los días lunes y miércoles, en el horario comprendido entre las 8.00 y las 15.00 hs. 

* Ser casos de simple tramitación. Aquí se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: la cantidad de personas imputadas, la existencia de prófugos, la cantidad de víctimas y/o damnificados, la participación de NNyA, la complejidad de las medidas probatorias, entre otras. No obstante, si existieran casos ingresados al CRPPA fuera de los días y horarios referidos supra, que aparezcan a primera vista de baja complejidad probatoria, podrán ser igualmente consultados con las fiscalías para analizar su incorporación al plan piloto. 

F) Designación de representante del Ministerio público fiscal. Los casos que ingresen al plan piloto serán tramitados indistintamente por cualquiera de los tres fiscales que integran el equipo de flagrancia. La Directora del CRPPA llevará el registro de la asignación del caso de manera rotativa y equitativa. 

G) Designación de representante de la defensa pública. Los casos que ingresen al plan piloto serán tramitados indistintamente por cualquiera de los dos defensores públicos que integran el equipo de flagrancia. La Directora del CRPPA llevará el registro de la asignación del caso de manera rotativa y equitativa. 

H) Designación del juzgado de control competente Se determina que los juzgados de control intervinientes en el plan piloto tendrán la siguiente asignación: El juzgado de control y faltas n°2, tendrá intervención en la totalidad de las causas que instruya el fiscal Dr. Horacio Vásquez y en la mitad de las causas que instruya la fiscal Dra. Lourdes Quagliatti. El juzgado de control y faltas n° 10, tendrá intervención en la totalidad de las causas que instruya el fiscal, Dr. Ivan Rodríguez y en la mitad de las causas que instruya la fiscal Dra. Lourdes Quagliatti. 

I) Para garantizar una respuesta judicial ágil y eficiente, se estableció un circuito de trabajo específico para los casos del plan piloto de flagrancia. Este circuito busca homogeneizar las prácticas, clarificar las funciones de cada actor involucrado y promover la realización de audiencias tempranas, así como la búsqueda de soluciones integrales y graduales para cada caso. 

J) Seguimiento y evaluación. El plan piloto será coordinado y evaluado en su funcionamiento por el equipo de trabajo del “Proyecto interinstitucional para el diseño y la mejora del Sistema Integral de Flagrancia” (Proyecto – SIF), con el fin de identificar aspectos positivos y negativos y propender a las mejoras necesarias. Aspectos a considerar en la evaluación: *Reducción de los plazos de detención provisional. 

*Tasa de resolución de los casos. 

*Satisfacción de las víctimas y de las personas imputadas.

*Análisis de la carga de trabajo Atento a todo ello, el Tribunal Superior de Justicia en ejercicio de sus atribuciones conforme artículo 166 inciso 2 de la Constitución Provincial y artículo 12 incisos 1 y 32, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, N°8435;

RESUELVE: 

1. TENER presente los avances informados en la segunda etapa del “Proyecto interinstitucional para el diseño y la mejora del Sistema Integral de Flagrancia” (Proyecto – SIF).

2. DISPONER la implementación del “Plan piloto de tramitación especial de casos de flagrancia mediante audiencias tempranas”, desde el 1/9/2024 y el 30/11/2024 o hasta que se alcance el objetivo de cantidad de casos resueltos, conforme las pautas previstas en el considerando 3.2. del presente Acuerdo Reglamentario. 

3. DESIGNAR el equipo de trabajo del plan piloto de flagrancia, que quedará integrado de la siguiente manera: Ministerio Público Fiscal: Dra. Lourdes Quagliatti (Fiscal de instrucción), Dr. Ivan Rodríguez (Fiscal de Instrucción), Dr. Horacio Vásquez (Fiscal de instrucción), Dra. Bruna Sciola (Directora del Centro de Recepción de Procedimientos de personas Aprehendidas en Flagrancia), Dr. Nicolás Alisio (Ayudante Fiscal), Dr. Patricio Veras Carrara (empleado del CRPPA), Constanza Enet (empleada del CRPPA), Federico Hipólito García (empleado del CRPPA), Julieta Idiarte (empleada del CRPPA), Josefina Oliva (empleada del CRPPA) y Luciano Di Dio (empleado del CRPPA).

Defensa Pública: Dra. Carolina Lerda (Defensora Pública oficial) y Dr. Martin Cafure (Defensor Público Oficial) y sus equipos de trabajo. Juzgados de Control: Dra. Laura Barale (Jueza de Control) y Dr. Juan Manuel Fernández López (Juez de Control) y sus equipos de trabajo. 

4. APROBAR el “Diagrama de flujo con el circuito de flagrancias propuesto”, el que se incorpora como Anexo al presente. 5. NOTIFÍQUESE a las personas citadas. 6. PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia. Comuníquese a las dependencias interesadas. Dése amplia difusión por los canales oficiales. Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente, los Señores Vocales, el Señor Fiscal General, con la asistencia del Señor Administrador General Dr. Sosa Lanza Castelli.

FDO.: DR. LUIS EUGENIO ANGULO, PRESIDENTE. DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI, DRA. MARÍA MARTA CÁCERES DE BOLLATI, DR. SEBASTIÁN CRUZ LÓPEZ PEÑA, VOCALES. DR. JUAN MANUEL DELGADO, FISCAL GENERAL. DR. LUIS MARÍA, SOSA LANZA CASTELLI, ADMINISTRADOR GENERAL.

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