miércoles 15, mayo 2024
El tiempo - Tutiempo.net
miércoles 15, mayo 2024

La AFIP prorroga la entrada en vigencia del Sistema Integral de Recupero (SIR)

ESCUCHAR

Será hasta el 3 de abril de 2023.  De esta forma se otorga un mayor plazo para la recepción de comentarios y opiniones, y se continúa con la prueba integral de funcionamiento

Resolución General 5276/22-AFIP

Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2022

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-01911532- -AFIP-SDETDECDET#SDGFIS, y

CONSIDERANDO:

Que el Título I de la Resolución General N° 5.173 y su modificatoria, habilitó de manera general el Sistema Integral de Recupero (SIR) para tramitar solicitudes de recupero de gravámenes, incorporando a partir del 1 de noviembre de 2022 el régimen de reintegro atribuible a las operaciones de exportación y asimilables dispuesto en el segundo párrafo del artículo 43 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones.

Que dicha norma previó además, que los interesados puedan interactuar con el mencionado sistema y enviar sus observaciones y/o sugerencias a través del canal de comunicación “Espacios de Diálogo Institucional”, hasta el mes de octubre de 2022.

Que dadas las particularidades del régimen a incorporar y la complejidad de la reingeniería del procedimiento aplicable, resulta aconsejable otorgar un mayor plazo para la recepción de comentarios y opiniones, continuando así con la prueba integral de funcionamiento.

Que en ese sentido, corresponde prorrogar al día 3 de abril de 2023, la fecha indicada en el primer párrafo.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Sistemas y Telecomunicaciones.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustituir el punto 1. del artículo 29 de la Resolución General N° 5.173 y su modificatoria, por el siguiente:

“1. TÍTULO I: a partir del día 3 de abril de 2023.

No obstante, el servicio “SIR – Sistema Integral de Recupero” para el “Régimen de reintegro atribuible a las operaciones de exportación y asimilables” se encuentra habilitado a efectos de que los interesados puedan interactuar con el sistema y confeccionar las solicitudes en borrador, sin admitir su envío.

Adicionalmente, esta Administración Federal, a través del canal de comunicación “Espacios de Diálogo Institucional”, recepcionará -hasta el mes de febrero de 2023, inclusive- las observaciones y/o sugerencias que surjan de la interacción con consejos profesionales, federación de consejos y cámaras empresarias.”.

ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día 1 de noviembre de 2022.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Carlos Daniel Castagneto

N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación Nº 35.032 del 25 de octubre de 2022.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

¡Bienvenid@ de nuevo!

Iniciá sesión con tu usuario

Recuperar contraseña

Ingresá tu usuario o email para restablecer tu contraseña.

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?