Tienen vigencia a partir del pasado 1 de mayo, del 1 de junio y del 1 de julio de 2022, hasta el 30 de abril de 2023. (Ver detalle en anexo adjunto)
Resolución 78/22-CNTA
Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2022
VISTO, el Expediente Electrónico N° EX-2022-40081519-APN-ATCO#MT la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 149 de fecha 19 de noviembre de 2020, y,
CONSIDERANDO:
Que en el citado Expediente Electrónico la Comisión Asesora Regional N° 5 eleva a consideración de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario el tratamiento dado las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la COSECHA DE PAPA, en el ámbito de la Provincia de CÓRDOBA.
Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia del incremento de las remuneraciones mínimas para la actividad, debe procederse a su determinación.
Que, asimismo deciden instaurar una cuota aporte de solidaridad gremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de los trabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, y determinar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo de percepción por la entidad sindical signataria.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727 y la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 149 de fecha 19 de noviembre de 2020.
Por ello,
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